Vuelve esta columna al tema de la temporalidad -recuerdo artículos sobre la cuestión ya allá por 2018 que podría reproducir ahora y parecería de ayer- Y vuelve porque también regresa el tema como centro de la reforma laboral que se prepara para los próximos meses. No deja de ser elogiable. Releyendo aquel artículo he visto que compartí esta información de 2016: "España y Polonia disputan el primer puesto en tasa de temporalidad". Cinco años después las cosas han cambiado… para Polonia, Hoy, nuestro país es el que tiene la mayor tasa de temporalidad y el segundo con la mayor tasa de paro. Y todo ello, a pesar de que durante treinta años, mes si y mes también escuchamos -al evaluar los datos- la misma evaluación de los males de trabajo en España.

Descendiendo al nivel de nuestra provincia es bueno recordar que, pese a lo que pudiera parecer, debido a la importancia de sectores como la Agricultura, Turismo y Construcción, el 10,30% de los contratos celebrados entre enero y septiembre fueron indefinidos. En esto contrastamos con Jaén donde ese porcentaje es del 2,96%. Pero también superamos a provincias industriales como Alava donde sólo el 6,5% de los contratos de este año fueron indefinidos. Podremos, incluso, servir de ejemplo en las negociaciones entre agentes sociales y gobierno, porque para solventar el tema de como impulsar la contratación indefinida en sectores con fuerte estacionalidad -justo los nuestros- se quiere impulsar la figura del trabajador fijo discontinuo, forma contractual ampliamente usada en la provincia, por ejemplo en el manipulado y envasado, o en los hoteles. En términos relativos somos, con Murcia, la provincia donde mayor uso se hace de este contrato. Se adelanta, también, la idea de imponer un límite del 15% como porcentaje de contratos temporales que puede tener una empresa. Veremos cómo queda todo al final -no en la declaración que se firme, no, sino en el BOE- Y, en todo ello, volvemos al tema de la flexiseguridad, eso que inventaron los daneses. La cuestión no es volver a la rigidez sino reducir la temporalidad al tiempo que se asegura a las empresas un mecanismo para adaptarse rápidamente a los cambios del mercado. No es suficiente poner límites al total de contratos temporales, no sea que no haya ni temporales ni fijos, sino que la figura tan ensayada estos dos años de los ERTES se mantenga como el eje central de esa adaptación a los ciclos económicos.

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