Una justicia inteligible

¿Para cuándo las reformas que atajen el desprestigio del sistema, incluida la evaluación sicotécnica de los jueces?

Emitir un juicio ecuánime sobre versiones refractarias y saber razonarlo, lógica y legalmente, es una de las tareas más arduas del quehacer humano. Y eso es lo que han hacer los jueces a diario. Unos mejor que otros, desde luego, que de todo hay, como en cualquier colectivo. Pero en esta materia el logro virtuoso o deficiente de la tarea, tiene una dimensión social especial. Porque el sentido de lo justo, de que cada uno dé o reciba lo suyo, de saber que hay un juez imparcial a quien reclamar tutela para la convivencia, es una pulsión humana tan ingénita, un impulso tan primario que, dicen los etólogos, se encuentra incluso en los primates. Así que, en materia tan sensible, lo suyo es que todo el que se atreva, opine y proyecte su propio sentido justiciero sobre los asuntos públicos. Pero no a través de ciberjuicios mediáticos previos, sino ante resoluciones ya emitidas por jueces que hayan analizado las entrañas de cada caso, cuyos veredictos no gozan precisamente del don de la infalibilidad. Aun cuando ello conlleve el riesgo, como sin duda lleva, de oír críticas poco fundadas. Como todo en democracia. Viene a cuento la prédica ante el serio desconcierto ciudadano que percibo ante la avalancha de sentencias ininteligibles desde un sentido común y elemental de lo justo. Y ante tanta gente que nos pregunta a los juristas, porque no lo entienden, cómo un tribunal alemán puede asimilar la asonada de Puigdemont con una algarada callejera. O por qué otro Tribunal de Estrasburgo, condena a España a indemnizar a terroristas o a unos delincuentes grabados mientras robaron. Y ahora, cómo pudo un tribunal calificar de mero abuso, la sucesión de penetraciones, felaciones y sodomización en manada, de una criatura de 18 años, ebria y aislada en un cuchitril. Miren, no conozco las pruebas practicadas en juicio, pero ante los hechos descritos en esa sentencia como probados, me abruma una profunda discrepancia con el fallo, y no digamos con el voto particular. Que acaso se corrija en la alzada, bien rectificando la valoración de los hechos, bien reformando el relato de lo que realmente pasó. Porque una cosa y otra, son inconciliables: eso es lo censurable, ese el gran fallo del fallo. Fallo que genera desconcierto y propicia una pregunta perentoria: ¿para cuándo las reformas que atajen el progresivo desprestigio del sistema judicial, incluida la evaluación sicotécnica de los jueces?

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