La semana de Bankia

Y una sentencia de la que se puede extraer una conclusión con la que, igualmente, se resta confianza en lo público

Mientras el Partido Popular, capitaneado por su estrella del momento, la Presidenta de la Comunidad de Madrid, ha decidido dedicar esta semana a darle argumentos demoledores a los críticos del diseño político de nuestro territorio, a aumentar, significativamente, el desconcierto en el que vivimos desde marzo y a elevar al derecho administrativo de músico a director de la orquesta, la Sala de lo Penal de Audiencia Nacional ha sumado un nuevo hito a uno de los grandes asuntos pendientes en nuestros despachos judiciales.

Se trata de casi 5 años de instrucción, "74 sesiones matutinas y vespertinas de juicio oral", 3 personas jurídicas y 33 personas físicas acusadas, entre ellos un antiguo vicepresidente y ministro de economía de España y director del Fondo Monetario Internaciona, 59 testigos, otros tanto peritos, una fianza millonaria, imputaciones de delito de estafa a inversor y de falsedad contable, un drástico cambio de criterio del Ministerio Fiscal al finalizar las sesiones y una historia que incluye la creación de un banco, una salida a bolsa cuya fotografía ya forma parte de los grandes momentos de la historia financiera de este país, una quiebra, el sufrimiento de miles de familias y un rescate con dinero público por un importe superior a los 22.000 millones de euros; Se trata de Bankia y sus folletos de salida a Bolsa y ese nuevo hito es una sentencia absolutoria de más de 400 folios que incluye un rapapolvo a las acusaciones por acusar sin describir hechos específicos ejecutados por los acusados que fueran susceptibles de constituir los delitos imputados y una humillación profesional a la Fiscalía que nada ayuda en estos tiempos en los que se necesita certeza y confianza a raudales. Así, en una de esas páginas, se lee este párrafo absolutamente revelador del desenlace: "las escasísimas referencias que se hacen a las personas sometidas a nuestro enjuiciamiento, consecuencia ineludible de la ausencia de hechos concretos imputados por el Ministerio Fiscal y demás Acusaciones a los acusados, los mismos, a los que se dedican, en el mejor de los casos, actitudes genéricas, que no tienen cabida en un relato de hechos probados de una sentencia, condenatoria e impiden desde luego, a los acusados defenderse adecuadamente de algo tan etéreo, tan abstracto, tan indefinido, como es la observancia de una actitud".

Y una sentencia de la que se puede extraer una conclusión con la que, igualmente, se resta confianza en lo público en un momento en el que esta sociedad ya ha comenzado a lidiar con los primeros vientos de una tormenta con capacidad suficiente para dejar como un juego de niños a la tormenta que dio el contexto de cuanto se relata en ella, la crisis de 2009: Que la existencia de un aval institucional evita posibles responsabilidades.

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