Provincia

Berja aprueba el 1º Plan Municipal de Igualdad

  • Fue aprobado en la último Pleno de la Corporación Municipal l Busca la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres

El Ayuntamiento de Berja, por decisión del Pleno de la Corporación Municipal reunida en su última sesión extraordinaria, ha aprobado de forma inicial el I Plan Municipal de Igualdad y lo somete a información pública para que los interesados puedan examinarlo y presentar alegaciones. Antes d su aprobación definitiva este Plan municipal se remitirá al Instituto Andaluz de la Mujer para su conocimiento.

Sus objetivos pasan por facilitar el acceso a los derechos y a los recursos y a los servicios del territorio- educativos, de empleo, de empresa, de fomento del emprendimiento; económicos; financieros; de salud y bienestar social, a mujeres y hombres en igualdad de condiciones, pasando de la igualdad formal a la vivencia cotidiana de la igualdad real y efectiva.

También lo es el de garantizar la participación y presencia de las mujeres en la vida política, económica, cultural y social, superando cualquier posible discriminación por razón de sexo. Y el de promover la diversificación en la elección de opciones educativas, y en la participación sectorial en el mercado laboral de las mujeres, así como la promoción y liderazgo de las mujeres en las empresas, como medio para alcanzar una democracia participativa plena. Y, además, contribuir a la erradicación de la violencia contra las mujeres

En junio de 2022, la alcaldía y el municipio declararon su compromiso en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y acordó la composición de la Comisión de Seguimiento con el objetivo de coordinación, supervisión y seguimiento del I Plan de Igualdad del Municipio y la finalidad de garantizar este derecho entre los hombres y mujeres del municipio y promover su efectividad.

Un Plan de igualdad es un instrumento para la “identificación, definición, articulación, implementación y evaluación de las políticas públicas en materia de igualdad entre mujeres y hombres, con claro amparo constitucional pues todo lo que en él se prevé se enmarca en el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española que en su artículo 9.2, proclama la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones necesarias para que la igualdad sea real y efectiva”.

La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, “tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultura, para alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria”.

Tags

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios