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Pulpí abre el plazo de solicitud para la subvención a sus autónomos y micropymes

  • El objeto es el fomento de la actividad económica en el término municipal

Ayuntamiento de Pulpí.

Ayuntamiento de Pulpí. / D. A.

El objeto de la presente convocatoria es el fomento de actividad económica en el término municipal de Pulpí ante los graves perjuicios provocados por la suspensión de actividades que lleva aparejada la declaración del estado de alarma causada por la proliferación del COVID-19.

La funcionalidad de dicha subvención es otorgar liquidez a las personas autónomas y microempresas del municipio para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, mantenimiento de la actividad y empleo y amortiguar la reducción drástica de ingreso, y que se produzca lo antes posible una reactivación de la economía de nuestro municipio, una vez superado el estado de alarma, actuándose directamente sobre las personas físicas y jurídicas más afectadas en el tejido del comercio de nuestro municipio conforme a las competencias establecidas en la legislación de régimen local y, en concreto, el artículo 9. 21 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía.

La subvención consiste en dos programas:

-El primero con una dotación de 1000 euros, para personas físicas o jurídicas sin trabajadores o con hasta un máximo de diez trabajadores a su cargo, cuando la actividad que desarrollen se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo.

-El segundo tendrá un importe de 500 euros, para aquellas personas físicas o jurídicas sin trabajadores o con hasta un máximo de cinco trabajadores a su cargo, que no se hayan visto afectados por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo, pero sí hayan sufrido una reducción de su facturación en el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de abril de 2020, de al menos el 50%, en relación con la media obtenida en los seis meses naturales anteriores a la declaración del estado de alarma. Cuando la persona física o jurídica no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad, que en todo caso deberá haberse iniciado con anterioridad al 1 de enero de 2020.

El plazo de presentación de solicitudes se abre mañana martes 14 de Julio, un día después de ser publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, y la duración del plazo de presentación será de treinta días hábiles, es decir, hasta el lunes 24 de Agosto inclusive.

El modelo de solicitud, así como toda la documentación a presentar que establecen las bases de la presente convocatoria está disponible en la web municipal www.pulpí.es.

La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de inadmisión.

La presente convocatoria la puedes encontrar en el sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), o en el tablón de anuncios, “Bases a subvenciones a pymes y autonómos Covid19”, en la web del Ayuntamiento de Pulpí www.pulpi.es  

 

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