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El SAS aprueba 20 millones para el servicio de alimentación de la Agencia Pública Poniente

Hospital de Poniente

Hospital de Poniente / D. A. (Almería)

El Consejo de Gobierno ha aprobado la contratación por parte de la Agencia Pública Sanitaria Poniente del servicio de alimentación de pacientes y personal de guardia y la explotación de cafeterías y máquinas de vending, por casi 20 millones de euros y un periodo de 10 años.

El contrato tiene por objeto satisfacer las necesidades derivadas del servicio de alimentación integral de pacientes y de los servicios inherentes a la explotación de los servicios de cafeterías de personal y de público, todo ello para los hospitales pertenecientes a la Agencia Pública Sanitaria Poniente: el Hospital de Poniente (HP) de Almería, el Hospital de Alta Resolución de El Toyo, el Hospital de Alta Resolución de Guadix y el Hospital de Alta Resolución de Loja, estos dos de la provincia de Granada.

En concreto, se prevé la alimentación de pacientes y de profesionales que no puedan abandonar la Unidad Asistencial a la que pertenecen y el mantenimiento y sustitución tras agotamiento de vida útil de las instalaciones y equipamientos actuales y aquellos aportados con la presente contratación (cocina central de producción ubicada en el Hospital de Poniente y cocinas satélites del resto de hospitales).

Asimismo, cubre la adquisición del equipamiento necesario o complementario al existente, así como de la vajilla, menaje, carros y demás elementos necesarios para llevar a cabo la prestación principal; y el pago efectivo al adjudicatario anterior, durante el primer mes desde el inicio efectivo del presente contrato, de la inversión pendiente de amortizar correspondiente a la ejecución y equipamiento de las actuales cocinas ubicadas en el Hospital de Poniente y el HARE de Loja.

Además, se contempla la explotación de las cafeterías de personal y de público del Hospital de Poniente, del Hospital de Alta Resolución de El Toyo y del Hospital de Alta Resolución de Guadix; el servicio de alimentación del personal de guardia (comidas y cenas); el mantenimiento y sustitución tras agotamiento de vida útil de las instalaciones y equipamientos actuales y aquellos aportados con la presente contratación.

El contrato incluye la adquisición del equipamiento necesario o complementario al existente así como de la vajilla, menaje y demás elementos necesarios para llevar a cabo el servicio; y la instalación y explotación de máquinas expendedoras automáticas de productos autorizados.

Queda cubierto también en el objeto de la presente contratación un importe en concepto de inversión que el adjudicatario deberá afrontar para ejecutar las obras de traslado de las cafeterías de personal y público del hospital al edificio destinado al salón de actos, así como la adecuación de los espacios afectados.

Se justifica la duración superior al plazo máximo de duración de los contratos de servicios, por la concurrencia de las circunstancias excepcionales previstas en el artículo 29.4 de la Ley de Contractos del Sector Público (LCSP), toda vez que el plazo de recuperación de las inversiones relacionadas directamente con la prestación de los servicios resulta antieconómico si no se contempla un tiempo de amortización suficiente.  

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