Adra

El mercado de abastos dispone de la ordenanza fiscal que lo regula

  • La normativa recoge el proceso de concesión de sus puestos, tarifas mensuales y plazo máximo, horario y condiciones

El Ayuntamiento de Adra ha aprobado las nuevas ordenanzas reguladora y fiscal del renovado Mercado de Abastos. Este marco normativo recoge los precios públicos y el proceso de concesión de los nuevos espacios creados tras las obras de rehabilitación y que irán destinados a hostelería y restauración, así como aquellos puestos que aún quedan libres destinados, fundamentalmente, a la venta al por menor de productos alimenticios y otros artículos. Ambas ordenanzas han sido aprobadas por unanimidad de los grupos políticos, en la última sesión plenaria.

El procedimiento de concesión administrativa de los puestos vacantes será en régimen de pública concurrencia por procedimiento abierto, donde toda persona interesada podrá presentar una solicitud. Según consta en su texto, se utilizarán criterios objetivos para la adjudicación de las concesiones, que deberán figurar en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares que rija la licitación, aprobado por el órgano de contratación.

Entre los criterios que se tendrán en cuenta figuran la proporción de puestos existentes que vendan los mismos productos, poseer algún distintivo de calidad emitido en materia de comercio o actividad de servicios. El número de personas que se dedicarán al ejercicio de la actividad de venta en el mismo o la consideración de factores de política social y medioambiental como la calidad en las condiciones de empleo, o de inserción laboral de colectivos desfavorecidos o con diversidad funcional.

La normativa recoge, también, que se podrá utilizar la fórmula del sorteo cuando, con la finalidad de promover la ocupación de los puestos de venta, no se considere oportuno fijar un tipo económico de licitación al alza ni existan circunstancias objetivas que permitan diferenciar entre los posibles licitadores.

Con el objetivo de favorecer la libre competencia, en ningún caso, podrá ser titular de más de dos puestos una misma persona, ningún vendedor y su cónyuge e hijos que convivan con sus padres, podrán poseer más de dos puestos. Sobre la duración de la concesión, la ordenanza establece que no podrá exceder de 5 años, prorrogables por periodos de cinco años. El plazo máximo de duración, incluidas prórrogas, no podrá exceder de 40 años.

Los adjudicatarios de los 19 puestos de alimentación y otros productos han de pagar entre 50 y 75 euros mensuales mientras que los seis de restauración y hostelería oscilan entre los 200 y 360 euros/mes, según ubicación, superficie y equipamiento. La normativa recoge el horario de venta al público, fijado por el Ayuntamiento, y las obligaciones y derechos de los adjudicatarios.

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