La Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía organizó ayer en el Colegio de Abogados de Almería una jornada de información a colectivos profesionales sobre la implantación de la nueva Oficina Judicial en El Ejido, la primera de toda Andalucía, junto a la de Vélez-Málaga, que entrará en funcionamiento el próximo 30 de abril.
En la jornada informativa participaron el director general de Oficina Judicial y Fiscal de la Junta, Juan Rueda; la delegada del Gobierno, Gracia Fernández Moya; la presidenta de la Audiencia de Almería, Lourdes Molina; la secretaria coordinada, María José Cañizares; la juez decana de El Ejido, Eva María Campos; y los decanos de los colegios de Abogados y Procuradores, José Pascual y María del Mar Gázquez, respectivamente.
La implantación de la nueva Oficina Judicial supone el desarrollo en Andalucía de un modelo más eficiente de organización de los medios personales y materiales de la Administración de Justicia, para ofrecer a la ciudadanía un servicio con mayor agilidad y calidad, según resalta la Junta.
La jornada formativa se dirigió a abogados, procuradores, graduados sociales, jueces, fiscales, Junta de Personal, responsables del Instituto de Medicina Legal, integrantes de los cuerpos de seguridad del Estado y representantes de instituciones penitenciarias.
La nueva Oficina Judicial se organiza en torno a dos tipos de unidades: la Procesal de Apoyo Directo y el Servicio Común Procesal de Partido Judicial. La primera asistirá directamente a los miembros de la judicatura y estará dirigida por un secretario judicial, mientras que la segunda, sin estar integrada en un órgano judicial concreto, asumirá labores de gestión y apoyo en las actuaciones derivadas de la aplicación de las leyes.
Los servicios comunes procesales, que también estarán dirigidos por secretarios judiciales, serán de cuatro clases dependiendo de sus tareas: el general, para trabajos centralizados de gestión y apoyo; el de ordenación del procedimiento, que se ocupará de todos aquellos aspectos en los que no resulte imprescindible la labor de un miembro de la carrera judicial; el de ejecución, en el que se tramitarán asuntos que se encuentren en fase ejecutiva sin que tampoco requieran éstos de dicha intervención, y por último el de partido judicial.
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