Huércal de Almería

La bonficación del Impuesto de Bienes Inmuebles para familias numerosas de Huércal de Almería agota su plazo mañana

  • Las bonificaciones a aplicar son del 35% o del 50% en el importe de este impuesto, según criterios

Las peticiones han de presentarse en el registro municipal

Las peticiones han de presentarse en el registro municipal / Diario de Almeria

l Ayuntamiento de Huércal de Almería recuerda a sus vecinos que hasta mañana, jueves, es se encuentra abierto el plazo para solicitar la bonificación del Impuesto de Bienes Inmuebles IBI para familias numerosas. Esta bonificación la pueden solicitar las familias que acreditan su condición de numerosas, para un único inmueble que, además, constituya la vivienda habitual de la unidad familiar solicitante.

Tener título de familia numerosa en vigor es uno de los requisitos que los solicitantes han de presentar en su petición. También lo es el valor catastral del inmueble dividido entre el número de hijos será menor o igual a 30.000 euros para un bonificación del 50% del importe final de este impuesto o inferior a 40.000 euros para la bonificación del 35%. Cada hijo o hija discapacitado o incapacitado para trabajar computara como dos a efectos del cálculo anterior.

Otra de las obligaciones que deben de respetar todas aquellas familias participantes a recibir esta bonificación pasa por el hecho de que la vivienda tiene que ser el domicilio habitual de todos los miembros de la familia numerosa. Los solicitantes han de aportar una fotocopia del último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

También de han de presentar el original y focotopia de una de la siguientes opciones. La primera tiene que ver con la resolución del título de familia numerosa. Para solicitar esta bonificación, habrá que presentar en el registro de entrada del ayuntamiento la correspondiente solicitud, disponible en el propio ayuntamiento o a través de la página web municipal, www.huercaldealmeria.es, acompañada de la fotocopia compulsada del título de familia numerosa en vigor y fotocopia del último recibo del IBI; así como la documentación acreditativa en caso de la incidencia de minusvalía en algún hijo/a, en cuyo caso computará como dos a efectos a efectos del cálculo de la bonificación aplicable. Todos los requisitos para disfrutar la bonificación, incluido el empadronamiento de todos los miembros de la familia numerosa, deberán cumplirse el día del devengo del impuesto, es decir, el día 1 de enero de 2019.

La primera de los tres requisitos a los que se obliga a presenta todos los solicitantes es la presentación de una fototocopia del último recibo de la contribución urbana.La segunda posibilidad es la presentación de las tarjetas de familia numerosa de todos sus miembros. Y la tercera, y última alude a la circunstancia de que el caso de tener algún hijo discapacitado o incapacitado para trabajar deberá de aportar la documentación que lo acredite convenientemente. La bonificación se otorga para el plazo de un ejercicio fiscal, debiendo de solicitarse nuevamente cada año.

La Delegación de Recursos Humanos y Empleo de este Ayuntamiento de Huércal de Almería abrió el plazo en el mes de noviembre de 20 18 para acogerse a este beneficio recogido en la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles.

Para cuya información y recordatorio ha emitido un Bando Municipal, al objeto de que ningún posible beneficiario pierda la oportunidad brindada desde el consistorio local, sobre todo en la actual situación económica por la que atravesamos, y pueda presentar su petición en la rebaja del recibo de la contribución urbana del 35 o 50% de su importe.

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