Níjar

Oficializan la solicitud para la declaración de Municipio Turístico

  • La Concejalía de Turismo ha presentado la petición ante la Delegación de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía

Alexis Pineda, concejal de Turismo; la alcaldesa Esperanza Pérez y Carmen Fernández, técnica de Turismo

Alexis Pineda, concejal de Turismo; la alcaldesa Esperanza Pérez y Carmen Fernández, técnica de Turismo / D.A.

La Concejalía de Turismo, Patrimonio Histórico y Playas del Ayuntamiento de Níjar ha presentado en la Delegación de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía la solicitud para conseguir la declaración Municipio Turístico.

Níjar cuenta con una serie de características, que se recogen y se pormenorizan en el citado documento, que la distinguen y la hacen merecedora de esta declaración como la existencia de recursos naturales, culturales, patrimoniales y de oferta turística suficiente para conseguir el distintivo.

" Níjar cuenta con un Parque Natural, único por sus características en Europa, que en el 70 % de su superficie se ubica dentro de nuestro termino municipal y que se ha convertido en un lugar de obligada visita para conocer la provincia de Almería", ha declarado la alcaldesa nIjareña. Esperanza Pérez Felices.

El documento de petición presentado es el "resultado de un arduo trabajo, que iniciamos al principio de esta legislatura, en el que se han recogido y plasmado todas las características únicas del municipio", ha comentado Alexis Pineda, concejal delegado de Turismo, Patrimonio Cultural, Playas y Oficina de la Transparencia.

El consistorio nijareño, de forma previa, ha elaborado un Plan de Calidad y de Dinamización Turística, que fue aprobado por el pleno y consensuado con el Consejo de Promoción del Turismo. en el que están representados, agentes turísticos, sindicatos, asociaciones y administraciones. El Plan diagnostica y planifica el destino turístico de Níjar con clara vocación de Turismo sostenible", explica Pineda.

La confección de este Plan de Calidad es uno de los requisitos que han de reunir los municipios que solicitan la declaración de Municipio Turístico de Andalucía. Además, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, se considera población turística asistida la constituida por quienes no ostenten la condición de vecinos o vecinas del municipio pero tengan estancia temporal en el mismo por razones de visita turística o pernoctación en alojamientos turísticos.

Se considera que se alcanza este requisito "si se cumple que el número de turistas en el último año natural sea, al menos, cinco veces superior al de la población de derecho según la última cifra oficial de padrón municipal, siempre que dicha afluencia se encuentre repartida en más de treinta días al año".

Otro de los condicionantes de esta declaración pasa porque el número de pernoctaciones diarias en media anual -pernoctaciones al año/365 días-, ha de ser superior al 10% de la población de derecho del municipio, o bien alcanzar ese porcentaje durante al menos tres meses al año, computándose para ello la media diaria mensual -pernoctaciones al mes/30 días-", se establece.

La oferta turística del municipio peticionario "se ha de sustentar en sus recursos patrimoniales, naturales, culturales o etnográficos, deportivos y de ocio, ha de tener una consistencia y atractivo tal que sea capaz de generar un flujo de visitantes hacia el mismo y de disponer una infraestructura turística mínima conforme a su realidad socioeconómica y geográfica para poder satisfacer las necesidades de la población turística asistida".

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