Níjar

El Servicio Marítimo interpone 66 denuncias con sanción económica en aguas de la costa almeriense

  • Los sancionados son usuarios de motos náuticas y de embarcaciones deportivas y de recreo en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar.

Agentes de la Comandancia de la Guardia Civil de Almería han practicado un total de 33 denuncias contra infracciones cometidas por usuarios de motos náuticas en el periodo entre el 18 de junio y el 19 de septiembre, en aguas de la costa de Almería y del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar. El número de propuestas de sanción en las 81 inspecciones de control practicadas por este servicio en embarcaciones deportivas y de recreo, entre julio y el día de este mes, fue de 33 casos.

Según los datos facilitados a Diario de Almería desde este cuerpo policial, este Servicio Marítimo ha superado el centenar de inspecciones de motos náuticas, de las que 75 se cerraron con propuestas de sanción al contrario que en los 33 restantes. El tema del seguro, documento obligatorio a bordo, ocupa el primer lugar en el origen de las infracciones, con 13 denuncias. Le siguen (9) las titulaciones, otro requisito de obligado cumplimiento; zonas y periodos de navegación (4); empresas de alquiler (3); placas de matriculaciones (2), velocidad (1) y un supuesto más.

Las estadísticas de embarcaciones deportivas y recreo, en el periodo entre el 1 de julio y el 15 de este mes de septiembre, el número de inspecciones realizadas por el Servicio Marítimo se elevó a 81 casos. El número de propuestas de sanción fue de 33. La póliza del seguro fue el motivo dominante, con 18 expedientes sancionadores (22,22%). La segunda posición de esta misma nómina de infracciones es para la ausencia del títulos de piloto (13,58%) y la tercera posición lo ha ocupado el certificado de navegabilidad ITB , con 4 casos y el 04.94%.

No llevar la documentación obligatoria a bordo (seguro, titulación o certificado de navegabilidad) es uno de los supuestos que la legislación actual considera como infracciones leves en el ámbito de la navegación recreativa. No llevar la póliza y justificante de pago del seguro obligatorio y no lleva a bordo el título de patrón de moto náutica o superior son los dos supuesto que esta Ley entiende como infracciones leves y son susceptible de sanción en el caso de las motos náuticas.

Sobrepasar la zona de navegación asignada a las motos náuticas; carecer del seguro de obligatorio de responsabilidad civil y del título náutico correspondiente a la potencia de la moto náutica, pertenecen al listado de infracciones graves para las motos náuticas. No estar matriculada o inscrita la embarcación en el Registro Marítimo Español (no puede tener bandera extranjera) y no mostrar el distintivo de matrícula en el costado de la moto son otros dos supuestas.

También son objeto de sanción no llevar pegada a la carrocería la Placa de normas básicas de seguridad para motos náuticas. No haber procedido a la transferencia de propiedad de la moto tras la compra de segunda mano, remolcar a artefacto de playa o a otra moto o navegar en una zona acotada para el baño forman parte de esta misma nómina de infracciones tipificadas de sanción.

Según comentó la Comandancia de la Guardia Civil cuando publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, la normativa aplicable en las aguas del litoral almeriense, “este verano ha sido especialmente conflictivo en la navegación y fondeo de embarcaciones y el uso de motos náuticas en el Parque Natural Cabo de Gata´Níjar y se han dado quejas de bañistas por situaciones de peligro cuando ciertas embarcaciones y motos náuticas invaden la zona de baño”, señaló en su introducción,

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