Níjar

Sorteo de candidatos a Jurado Popular para el bienio 2021-22

  • Se celebrará el día 24 y liberará a 23 nijareños el 31 de diciembre tras dos años de este ejercicio

La Delegación de la Oficina del Censo Electoral de Almería celebrará el próximo día 24 el sorteo para establecer la lista de candidatos durante el bienio 2021-2022 a Tribunal del Jurado. Dentro de los siete días siguientes a esa sesión pública, cualquier ciudadano podrá formular, ante la Audiencia Provincial de Almería, reclamación contra el sorteo.

El sorteo del que saldrán los nuevo candidatos anuncia también la renovación de las listas actuales. En el caso del municipio de Nijar, 23 de sus vecinos, entre 12 mujeres y 11 hombres, de edades comprendidas entre 23 y 80 años, concluirán el 31 de diciembre los dos años de ejercicio de su función para la que fueron elegidos.

La lista final se obtuvo entonces a partir de una provisional formada por 29 candidatos, 16 mujeres y 13 hombres, que fueron seleccionados en noviembre de 2018, dentro de un listado de más de un millar de almerienses, como candidatos potenciales.

Los seleccionados dispusieron de 15 días para formular su reclamación ante el Juez Decano de Primera Instancia e Instrucción del partido judicial al que corresponda el municipio de su vecindad a efectos de su exclusión de la lista “si entienden que concurren la falta de requisitos necesarios o una causa de incapacidad, incompatibilidad o excusa”.

La relación definitiva se adelgazó en cinco de estos preseleccionados una vez efectuadas las bajas y las rectificaciones pertinentes, según lo que establecen los artículos 14, 15 y 16 de la Ley Orgánica 5/95 del Tribunal del Jurado.

El desempeño de las funciones del jurado “está retribuido e indemnizado” y tiene “la consideración de cumplimiento de un deber inexcusable público y personal, a los efectos del ordenamiento laboral y funcionarial”.

El Tribunal del Jurado Popular, como institución para la participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia, emite “un veredicto declarando probado o no probado el hecho justiciable que el Magistrado-Presidente haya determinado”. Su cometido pasa por “proclamar la culpabilidad o inculpabilidad de cada acusado por su participación en el hecho o hechos delictivos respecto de los cuales el Magistrado-Presidente hubiese admitido acusación”.

El Tribunal del Jurado tiene competencia para el enjuiciamiento de los delitos atribuidos a su conocimiento y fallo en los supuestos de delitos contra las personas; delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos; delitos contra el honor y contra la libertad y la seguridad. También es competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados de homicidio y amenazas; omisión del deber de socorro y allanamiento de morada; infidelidad en la custodia de documentos y cohecho. El tráfico de influencias y malversación de caudales públicos; fraudes y exacciones ilegales; negociaciones prohibidas a funcionarios e infidelidad en la custodia de presos forman parte de su ámbito competencial.

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