Níjar

El uso de drones por la Policía local entra en su noveno mes de actividad

  • El Reglamento de su uso fue aprobado el 26 de febrero. Su normativa es sectorial por el Parque Natural y la cercanía al Aeropuerto.

El uso de drones por la Policía local entra en su noveno  mes de actividad

El uso de drones por la Policía local entra en su noveno mes de actividad / Diario de Almeria

El empleo de drones por parte de la Policia Local de Níjar ha cumplido su octavo mes. El plazo comenzó a correr el 27 de febrero. El Pleno de la Corporación, con los votos de PSOE e IU, y la abstención de los concejales del Partido Popular, aprobó entonces el reglamento interno de uso de estas aeronaves pilotadas por control remoto.

Esta normativa divide el término municipal nijareño, formado por 600 kilómetros cuadrados de extensión, que le hacen ser el más grande de la provincia, en dos áreas diferenciadas, de riego bajo y de riesgo elevado, según el grado de peligrosidad que pueda conllevar el vuelo de drones.

El área de riesgo bajo abarca la zona marítimo-terrestre compuesta por el espacio entre la línea de bajamar y el límite hasta donde alcanza la arena de las playas; zonas rurales y la extensión de suelo destinada a invernaderos. Comprende también zonas urbanas en las que no existe una aglomeración de edificios, sino viviendas diseminadas. El área de riesgo elevado, por su parte, abarca los núcleos de población en los que se concentran aglomeraciones de edificios, así como las concentraciones de personas al aire libre.

Níjar se encuentra sujeto a una normativa sectorial tanto en materia aeronáutica dada su proximidad al Aeropuerto de Almería como en materia medioambiental dado que una amplia extensión del mismo está incluida dentro del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar. El Reglamento establece condiciones específicas de uso de los drones por parte del Cuerpo de Policía Local sobrevuele una zona de servidumbres aeronáuticas o una zona incluida dentro del Parque Natural.

Los pilotos podrán llevar a cabo operaciones de vuelo en las áreas definidas como Riesgo Elevado, cuando concurra situaciones de emergencia o grave riesgo para la seguridad de las personas; conatos de incendio y situaciones de emergencias causadas por catástrofes naturales.

Accidentes de tráfico, grandes aglomeraciones de personas o de tráfico que pueda suponer un riesgo para la seguridad ciudadana y vial son otras de las circunstancias que se han de dar para que estos aparatos sobrevuelen zonas de alto riesgo.

Las aeronaves pilotadas por control remoto adscritas al cuerpo de Policía Local nijareña tienen una masa máxima al despegue que no puede exceder de 25 kilogramos y han de llevar fijada a su estructura una placa ignífuga, con la identificación de la aeronave, mediante su designación específica, incluyendo el nombre del fabricante, tipo, modelo y, en su caso, número de serie, así como el nombre del operador del mismo y los datos necesarios para ponerse en contacto con él.

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