Níjar

El municipio es uno de los tres que bonifica el IBI hasta el 95%

  • Fines y Huercal-Overa premian también el alquiler de viviendas sociales

  • Otros 43 consistorios almerienses no lo hacen

La Junta levantó 6 viviendas de promoción pùblica en la Isleta del Moro, que adjudicó en régimen de alquiler

La Junta levantó 6 viviendas de promoción pùblica en la Isleta del Moro, que adjudicó en régimen de alquiler / diario de almeria

Níjar, Fines y Huercal- Overa son los único Ayuntamientos almerienses que aplican a día de hoy una bonificación de hasta el 95% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a las familias residentes en el parque público autonómico en alquiler, de entre los 46 consistorios de la provincia que tienen viviendas sociales de la Junta de Andalucía en sus términos municipales.

El parque residencial en alquiler de la Junta de Andalucía que gestiona la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) asciende a 2.985 viviendas en la provincia de Almería. El mayor número se encuentra en Almerái capital, con 1.469 pisos y el resto se reparte entre otros 45 municipios. El Ejido (139), Huércal- Overa (138) y Cuevas del Almanzora (114) son los que presentan un mayor número viviendas en régimen de arrendamiento en la actualidad. Níjar se sitúa en esta misms lista con un parque de 38 viviendas.

Los tres consistorios almeriense encuentran entre los 36 ayuntamientos del conjunto de la Comunidad de Andalucía que ha atendido la petición de la Junta de Andalucía y aplica esta bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles a los arrendatarios de estas viviendas. El parque residencial de viviendas en alquiles en toda la comunidad de Andalucía.

El resto de ayuntamiento ha desoído esta recomendación y no aplica esta bonificación. La Consejería de Vivienda ha explicado en un comunicado que la bonificación del IBI se viene solicitando cada año antes de que los ayuntamientos aprueben sus presupuestos para el siguiente ejercicio, "tiene un marcado carácter social, ya que cuando se adopta, redunda directamente en beneficio de los moradores de estas viviendas, familias con ingresos limitados y escasos recursos que, precisamente por esa razón, son las adjudicatarias de dichos inmuebles".

Si no existe la bonificación solicitada, esta Agencia pública, en cumplimiento de la normativa reguladora, debe repercutir dicho impuesto a las familias adjudicatarias de sus viviendas, después de haberlo liquidado la propia agencia cuando los ayuntamientos se lo reclaman, ha precisado.

La Junta de Andalucía viene solicitando la bonificación del Impuesto de Bienes Inmuebles IBI desde 2011 a los municipios de Andalucía, en los que la Agencia de Vivienda y Rehabilitaciónde Andalucía tiene parque de vivienda. La petición se fundamenta en el artículo 74 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. De acuerdo con esta Ley, los ayuntamientos podrán regular, mediante ordenanza, una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota íntegra del IBI a favor de inmuebles en los que concurran circunstancias sociales.

En los escritos que la Junta de Andalucía ha remitido a los ayuntamientos se subraya "que esta bonificación tendría un beneficio directo sobre los arrendatarios, a quienes la Agencia de Vivienda y Rehabilitacion de Andalucía tiene la obligación de repercutir dicho impuesto, en aplicación del artículo 63.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

La Junta de Andalucía explica que esa bonificación permitiría a AVRA contar "con más capacidad económica para el mantenimiento y conservación del parque de vivienda en gestión, al poder disponer de esas cuantías que ahora pierde desde que se abona la cuantía facturada hasta que se le cobra a los residentes".

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