Sociedad

¿Sabes que es ilegal que te llamen durante el horario de la "siesta"?

No es la única franja horaria en la que las compañías se han comprometido a no llamar.

No es la única franja horaria en la que las compañías se han comprometido a no llamar. / freepik

Desde el 1 de enero es ilegal que las operadoras telefónicas te llamen durante la hora de la 'siesta'. Así ha quedado recogido en el código de conducta que han pactados las grandes compañías telefónicas del país. MásMóvil, Orange, Telefónica y Vodafone han aprobado varias medidas, entre ellas la prohibición de llamar entre las 15 y las 16 horas. Otras franjas horarias donde las compañías no podrán realizar llamadas a los clientes son antes de las 9 de la mañana y después de las 21 horas.

Otras medidas que se encuentran en el código de conducta pactado por las compañías es aumentar el control para que estas no puedan obtener datos del consumidor o el límite de llamar un máximo de tres veces en un período de tiempo de un mes. Y si este cliente ha rechazado la oferta, la compañía tendrá que esperar un mínimo de tres meses para volver a realizarla una de nuevo. También, el usuario que recibe la llamada deberá saber siempre el número de quién la está haciendo, la marca que se está poniendo en contacto con él y el motivo por el que lo hace. 

Según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) Vodafone encabeza la lista de compañías con más sanciones al practicar algunas de estas acciones. MásMóvil, Teléfonica y Orange le siguen. Incluso este organismo multó a Vodafone con más de 8 millones de euros en el pasado mes de febrero.

Colaboración entre las compañías

Las propias compañías colaborarán entre ellas para que todas cumplan este código de conducta, Si fuera necesario, denunciarían ante los organismos que procedan los hechos que pudieran ser fraudulentos para los consumidores.

También las empresas telefónicas colaborarán para realizar conjuntamente un procedimiento para resolver rápidamente las quejas de los usuarios al ser victima de una acción contraria al código elaborado por las compañías.

Además, los servicios que los clientes hayan aceptado mientras la empresa se saltaba uno de los puntos del código que entró en vigor el 1 de enero serán dados de baja.

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