Violencia

Nueve meses de prisión por darle una bofetada a su expareja en un parque acuático

Imágenes de los actos en contra de la violencia de género, en Almería

Imágenes de los actos en contra de la violencia de género, en Almería / JAVIER ALONSO (ALMERÍA)

Una juez de Almería ha impuesto nueve meses y un día de cárcel a un hombre condenado por darle una bofetada  a su expareja, además de por llamarla de forma insistente pese a pesar sobre él una sentencia previa que le impedía contactar o aproximarse a la víctima.

La sentencia, dictada por conformidad, explica que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer impuso al acusado una orden de alejamiento de 500 metros, que además le impedía comunicarse por cualquier vía con su expareja.

A pesar de que que dicha orden fue impuesta el 30 de diciembre de 2022 y seguía vigente, a partir de a abril del presente año, ha llamado a la víctima "en reiteradas ocasiones" con el objetivo de retomar la relación entre ambos.

Asimismo, el pasado 16 de junio telefoneó a su expareja para quedar con ella, "a sabiendas de la vigencia de la mencionada pena de alejamiento".

Efectivamente, el acusado se reunió con la víctima en el parque acuático de Roquetas de Mar, dónde entabló una discusión con la mujer, en el curso de la cual le propinó una bofetada con el "ánimo de atentar contra la integridad física" de la perjudicada, que precisó de asistencia médica.

En este sentido, el fallo subraya que cuando se produjeron estos hechos el hombre ya había sido condenado -en diciembre del año pasado- por el Juzgado de lo Penal número 4 de Almería por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia sobre la mujer.

Por estos hechos, el hombre ha sido condenado a nueve meses y un día de prisión por un delito continuado de quebrantamiento de condena.

Asimismo, se le imponen 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de lesiones leves en el ámbito de la violencia sobre la mujer, que también conlleva una orden de alejamiento de 500 metros durante tres años.

Además, tendrá que indemnizar a la víctima con 180 euros.

No obstante, la pena de prisión ha sido suspendida durante el plazo de tres años, a condición de que no delinca de nuevo, participe en programas formativos, culturales o de educación de igualdad de trato, y pague una multa de 12 meses, con cuota diaria de cinco euros.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios