El juicio de los ERE

El reproche del fiscal a Chaves y Griñán

  • El Ministerio Público acusa a los ex presidentes y a otros miembros del Gobierno andaluz de "no poner freno" al sistema de las transferencias de financiación

  • Cifra el presunto fraude de los ERE en 741 millones de euros

Los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, acusados por el fraude de los ERE.

Los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, acusados por el fraude de los ERE. / antonio pizarro

El principal reproche de la Fiscalía Anticorrupción a los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, así como a otros integrantes del Consejo de Gobierno que serán juzgados a partir del 13 de diciembre –como Gaspar Zarrías, Francisco Vallejo y Antonio Fernández– es que “no pusieran freno” a la utilización de las transferencias de financiación para el pago de las ayudas de los ERE, a pesar de que los informes de la Intervención General de la Junta alertaron de las distintas irregularidades en el procedimiento que se estaba empleando.

En el escrito de acusación presentado en septiembre del año 2016 y que tiene una extensión de 44 folios, la Fiscalía reclama penas de diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación para el ex presidente Manuel Chaves y otros seis altos cargos –Gaspar Zarrías, Magdalena Álvarez, José Salgueiro Carmona, Antonio Estepa, Francisco del Río y Antonio Vicente Lozano–, y penas de cárcel de entre seis y ocho años de prisión para los otros 15 acusados, a los que atribuye además un delito de malversación, entre ellos el ex presidente José Antonio Griñán, que se enfrenta seis años de cárcel.

El Ministerio Público pone de manifiesto que los ex presidentes y los demás procesados no tomaron a la vista del contenido de la memoria de las actuaciones de la Intervención General de la Junta –que alertaban de las deficiencias– “decisión alguna en el ejercicio de sus funciones que pusiera freno al procedimiento” seguido por la Consejería de Empleo para la gestión presupuestaria de las ayudas sociolaborales y ayudas a empresas en crisis mediante la utilización de las transferencias de financiación del programa 31L

Y esa pasividad, prosigue la Fiscalía, tuvo lugar a pesar de que tenían “conocimiento de las irregularidades” que se recogían en los informes de la Intervención y de cuentas anuales de los auditores externos del IFA-IDEA, pese a lo cual siguieron “procediendo a la aprobación de los anteproyectos de presupuestos de los ejercicios siguientes y de sus modificaciones presupuestarias, en su caso”.

Esas “irregularidades o deficiencias” recogidas por la Intervención en las memorias, se “repetían” en los informes trimestrales que elabora la Intervención General de la Junta en el marco del control financiero permanente, y entre los destinatarios de esos informes estaban la ex consejera de Economía Carmen Martínez Aguayo y el entonces director general de Presupuestos Antonio Vicente Lozano, “sin que su contenido cambiara su proceder”.

Para la Fiscalía, la “gravedad de la situación creada” como consecuencia directa y necesaria de la gestión presupuestaria del programa 31L mediante la utilización de las transferencias “debieron ser conocidas” por Griñán y Aguayo, así como por otros imputados que “tenían conocimiento, participaron y consintieron en la gestión presupuestaria”.

En el caso de Griñán, el escrito de la Fiscalía asegura que en su condición de consejero de Economía tenía “conocimiento de las deficiencias que se recogen en el informe adicional complementario de 2003” de la Intervención General y de la “incertidumbre” recogida por los auditores de cuentas en su informe de dicho ejercicio, pero a pesar de ello Griñán y el entonces interventor general de la Junta Manuel Gómez así como otros imputados –Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, Gonzalo Suárez, Jesús María Rodríguez Román, Juan Francisco Sánchez García y Miguel Ángel Serrano– “no hicieron actuación alguna en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas de velar por la integridad de los fondos públicos para iniciar los procedimientos y mecanismos previos para reintegrar o convalidar en su caso, los fondos públicos del programa 22E y 31L gestionados mediante transferencias de financiación al IFA-IDEA por la Consejería de Empleo hasta la fecha”.

La Fiscalía recuerda que la “reiteración y prolongación en el tiempo de estas ayudas exigen de una regulación como subvenciones ordinarias, en contraposición con las excepcionales”, y añadió que Chaves y los otros imputados “no modificaron en ningún extremo el proceder de los ejercicios posteriores, interviniendo en la tramitación y aprobación en su caso del anteproyecto de presupuesto de la Junta para el 2005”, presupuesto que consignó como crédito inicial para la partida 31L más de 72 millones.

En el relato de los hechos que se someterán al juicio, el Ministerio Público recuerda que la labor de fiscalización de la Intervención de la Junta de Andalucía puso de manifiesto en el ejercicio 2000 una serie de irregularidades en la gestión de las ayudas sociolaborales que concedía la Consejería de Empleo. Estos reparos de la intervención andaluza llegaron a cuestionar y retardar el pago de este tipo de ayudas, lo que suponía un aumento de la conflictividad sociolaboral en la comunidad autónoma.

Los encausados, “para evitar esta labor de fiscalización de la Intervención que entorpecía y casi impedía este sistema de ayudas”, modificaron los presupuestos de la Junta de Andalucía introduciendo una aplicación presupuestaria, “las transferencias de financiación” al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), luego IDEA, en materia de relaciones colectivas, que permitía “de manera consciente que los fondos públicos destinados a estos colectivos se gestionaran sin la obligada fiscalización crítica o previa”.Como consecuencia de la ausencia de la fiscalización debida y de la debida convocatoria pública de estas ayudas, se puso en manos de la Consejería de Empleo, año a año, unos fondos públicos que gestionó “a su libre arbitrio sin procedimiento alguno”, vedando a la generalidad de los potenciales beneficiarios el acceso a las mismas por falta de publicidad, facilitando que personas que ni siquiera pertenecían a la empresas accedieran a las ayudas, no fijando límites a la cantidad a percibir por los beneficiarios, favoreciendo sólo a determinadas empresas y personas que se lucraron con dichos fondos y destinando los mismos a una finalidad ajena a la prevista de atender a situaciones de crisis empresarial –abonando campañas de publicidad, cursos de formación de voluntariado, etc...–.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios