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Una red social no puede usar tu orientación sexual para ofrecerte publicidad personalizada

Iconos de apps de Meta: Instagram, Facebook y WhatsApp

Iconos de apps de Meta: Instagram, Facebook y WhatsApp / Europa Press

Aunque un usuario de una red social reconozca su orientación sexual en un acto público, la plataforma no puede utilizar esa información para proporcionarle publicidad personalizada.

Es la respuesta del abogado general de la Unión Europea al activista austriaco en defensa de la privacidad de los datos Maximilian Schrems, que denunció a Facebook ante el Tribunal Supremo de lo Civil y Penal de su país porque la red social le ofrecía publicidad dirigida a personas homosexuales.

Según Schrems, esos anuncios no se basaban directamente en su orientación sexual porque nunca escribió nada al respecto en su cuenta de Facebook, sino a un análisis de sus intereses.

El activista, tras interponer la denuncia, reconoció en una mesa redonda su homosexualidad y para el abogado general, "el hecho de que el señor Schrems se haya manifestado con plena consciencia acerca de su propia orientación sexual en una mesa redonda abierta al público puede constituir un acto mediante el cual ha 'hecho manifiestamente público' este dato".

"No obstante, esta postura no autoriza, como tal, el tratamiento de dichos datos con el fin de proponer publicidad personalizada", concluyó.

Límites temporales al tratamiento y análisis de los datos

El abogado general respondió también a la cuestión que planteó el tribunal austriaco acerca de si una red social puede analizar y tratar sin límites temporales todos los datos de los que dispone de un usuario para proporcionarle información personalizada.

Y se opuso a ello, aunque dejó en manos de la justicia austriaca la valoración de hasta qué punto, "aplicando el principio de proporcionalidad" está justificada la conservación y la cantidad de los datos tratados, en base al "objetivo legítimo" del uso de esa información para proponer publicidad personalizada.

La opinión del abogado general no es vinculante, pero suele coincidir con las sentencias que dicta posteriormente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Otra victoria sobre Facebook

No es la primera vez que Schrems interpone una denuncia contra Facebook, ya que en 2013 inició un caso contra la transferencia de los datos de ciudadanos europeos que la plataforma enviaba a Estados Unidos y que en 2020 logró que el TJUE le diera la razón.

La corte con sede en Luxemburgo anuló en 2020 el marco legal que permitía la transferencia de datos personales desde la UE al otro lado del Atlántico, alegando que EEUU no ofrecía la misma protección que el Reglamento General de Protección de Datos del bloque comunitario.

Desde entonces, Bruselas y Washington han negociado un nuevo marco legal que desde 2023 permite la transferencia de datos, si bien la norma vuelve a estar en los tribunales.

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