Tribunales

Absuelven a un presunto atracador por la influencia de los vecinos en su identificación

Ciudad de la Justicia de Almería.

Ciudad de la Justicia de Almería. / D.A.

Una juez de Almería ha absuelto a un presunto atracador que se enfrentaba a penas por un total de 10 años de prisión por asaltos a un hombre y en un establecimiento comercial de Almería, debido a que su identificación pudo estar influenciada por los vecinos.

Según el fallo, al que ha tenido acceso EFE, la primera víctima fue abordada a primera hora del pasado 13 de septiembre por una céntrica calle de la capital almeriense por un hombre que tenía su rostro parcialmente cubierto con un pasamontañas, quien lo encañonó con un arma de fuego para robarle.

El segundo robo con violencia tuvo lugar horas más tarde en una pollería de uno de los mercados de Almería, en la que un atracador, que cubría su cara con una gorra y una braga, se llevó el dinero de la recaudación a punta de pistola.

Durante el juicio, la primera víctima admitió que “no ha vuelto a ver a la persona que le atracó y que no puede reconocer al autor puesto que solamente le vio la boca y los ojos”, aunque apuntó que se había enterado de que ese día había atracado a la dueña de una pollería y que en el barrio “todo el mundo sabía que había sido el acusado”.

Por su parte, la dueña de la pollería relató también que “solamente le vio la nariz y los ojos”, y que gracias a estos lo identificó con las fotografías que le mostró la Policía Nacional, aunque admitió asimismo durante el juicio que no podía asegurar “sin género de dudas” que el acusado fuese el atracador.

El policía que instruyó las diligencias explicó, por su parte, que entre las imágenes mostradas a las víctimas “se incluyó la fotografía del acusado en vista de las manifestaciones realizadas por los vecinos que se encontraban en la calle, quienes señalaron que el acusado era la persona que se había dado a la fuga después de perpetrar el robo en la pollería”.

El acusado, representado por el abogado David Romera, negó ser el atracador y aseguró que los vecinos “le tienen manía” y habían ido a por él, a lo que añadió que cuando registraron su casa la puerta estaba arrancada y con el bombín en el suelo, por lo que pensaba que habían dejado dentro unos tiques para incriminarlo.

“Las pruebas practicadas resultan insuficientes para enervar la presunción de inocencia que ampara al acusado”, según la juez, quien ha insistido en que el reconocimiento del acusado por parte de los perjudicados no ha sido ratificado sin género de dudas durante la vista oral.

“En segundo lugar, se observa que las características del acusado no se corresponden con la descripción del autor del hecho proporcionada por la primera víctima, quien indicó que se trataba de un hombre más o menos de su misma estatura y de mediana edad”, ha señalado.

“Amén de lo anterior, en el presente caso se suscitan dudas fundadas con respecto de la fiabilidad del reconocimiento fotográfico efectuado por ambos perjudicados (...) Resultando así que el reconocimiento realizado pudiera haberse visto influenciado por las manifestaciones espontáneas de los vecinos del lugar”, ha concluido. 

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