Tribunales

Absuelven en Almería a un hombre acusado de patronear una patera

  • No consideran probado que el acusado, representado por el abogado Nabil El Meknassi Barnosi, la pilotase durante el viaje o "participara en su organización"

La Audiencia Provincial de Almería

La Audiencia Provincial de Almería

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a un varón de origen magrebí que se enfrentaba a siete años de prisión por presuntamente patronear una patera en la que navegaban catorce personas, al entender que no se ha podido probar que fuese quien pilotó u organizó la travesía.

El fallo, consultado por EFE, señala que una persona “no identificada” fue la que concertó este transporte clandestino a cambio de una “contraprestación dineraria” en algún momento previo al 24 de marzo de 2021, día en el que la embarcación zarpó desde la costa argelina en dirección a España.

La patera fue interceptada precisamente sobre las 12:25 horas de dicho día por la patrullera ‘Río Jiloca’ del Servicio Marítimo de la Guardia Civil cuando se dirigía a “gran velocidad” a Punta Polacra, en la costa de Almería.

A bordo iban 14 migrantes, entre ellos el acusado, por lo que el tribunal subraya que por sus características y números de personas, la embarcación “no reunía las condiciones requeridas para dicho transporte”, así como que no estaba dotada de chalecos salvavidas, bengalas, balizas de señalamiento, botiquín ni otras medidas de seguridad.

Sin embargo, no consideran probado que el acusado, representado por el abogado Nabil El Meknassi Barnosi, la pilotase durante el viaje o “participara en su organización con ánimo de un ilícito beneficio”.

Los magistrados resaltan que el propio procesado negó los hechos y declaró que había pagado por el viaje y era un “inmigrante más”, y añaden que los guardias civiles que localizaron la patera manifestaron incluso que el patrón “se fue cambiando de ropa -y de posición- durante la navegación”, así como que todos los ocupantes eran “muy similares, con ropa oscura”.

Apostillan que tampoco se ha tomado declaración al resto de ocupantes y que, además, no han sido aportadas al procedimiento las fotografías realizadas al interceptar la patera, por lo que la única identificación del piloto se había realizado “por el lugar que ocupaba y la ropa”, cuando los propios guardias reconocen que se movió y cambió sus prendas, algo que genera “serias dudas” al tribunal.

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