Tribunales

Absuelven a un hombre detenido cuando fue a preguntar por un paquete con cannabis

Ciudad de la Justicia de Almería.

Ciudad de la Justicia de Almería. / D.A.

Una juez de Almería ha absuelto a un hombre que se enfrentaba a penas de prisión y el pago de una multa de 50.000 euros tras ser detenido por la Policía cuando fue a preguntar por un paquete que contenía cojines rellenos de cannabis, cuyo destinatario era otra persona.

La sentencia señala que sobre las 13:55 horas del 24 de junio de 2020, el acusado acudió a las instalaciones en el polígono del Sector 20 de Almería de una empresa de mensajería para “interesarse” por un paquete que había retornado a dichas instalaciones desde su destino en Alemania, desde dónde fue enviado 14 días antes por un desconocido.

El paquete contenía siete fundas de cojines, en cuyo interior había bolsas de plástico termo-selladas con cannabis valorado en 34.272 euros, aunque para los magistrados no ha quedado acreditado que el acusado tuviese conocimiento del contenido del mismo.

El fallo recuerda que la investigación de la Policía Nacional comenzó un día antes de la detención, al tener conocimiento de que a la empresa de mensajería había llegado un paquete que desprendía un “fuerte olor a marihuana”, algo que pudo comprobar en persona un agente trasladado a dichas instalaciones, sin llegar a abrir el envío sin autorización.

Cuando el acusado se presentó a preguntar por el paquete, el responsable de la empresa contactó con la Policía Nacional, que procedió a detener al acusado cuando aún se encontraba dentro de la oficina de paquetería.

Sin embargo, durante la investigación no fue posible encontrar información sobre el remitente, o sobre el presunto destinatario -cuyo nombre no era el del acusado-, toda vez que la dirección a la que fue remitido “no existe”.

El acusado, un hombre natural de El Rincón de la Victoria (Málaga) representado por el abogado Nabil El Meknassi Barnosi, manifestó que había acudido a dicho lugar porque le llamó un hombre, cuyo nombre de pila coincide con el del receptor, que le pidió el favor.

Una versión que fue ratificada durante el juicio por dos conocidos del procesado, que lo acompañaron en un coche hasta la empresa, ya que éste no sabía llegar, y lo esperaban fuera cuando fue detenido.

“El análisis y valoración de la prueba practicada no arroja un resultado incriminatorio susceptible de avalar la tesis acusatoria que sostiene el Ministerio Fiscal, basada en el único dato objetivo acreditado de que el acusado acudió a las instalaciones de la empresa de paquetería interesándose por un paquete a nombre” de otra persona, dice la juez.

“En el caso de autos, el acusado en ningún momento ha admitido que fuera a recoger el paquete (sólo a pedir información), como han confirmado los dos amigos que lo acompañaron, que han depuesto en el plenario ofreciendo idéntica versión; no portaba ningún documento que le autorizara la entrega del paquete, como confirma el agente que intervino en su detención”, añade.

En esta linea, subraya que tampoco ofreció al empleado de la oficina de paquetería “dato identificativo alguno ni del remitente, ni del destinatario del paquete”, ni se ha podido probar un pacto previo.

Por ello, ha resultado absuelto del delito contra la salud pública por el que la Fiscalía había interesado dos años de prisión y el pago de una multa de 50.000 euros.

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