Almería

Denuncia a su expareja por malos tratos tras ocupar su casa

  • Una mujer ha sido condenada a una multa y no podrá acercarse a su víctima a menos de 200 metros durante dos años

El Juzgado de lo Penal número 4 de Almería ha condenado a L.R.L., una mujer que presentó una falsa denuncia por malos tratos contra su expareja tras ocupar durante unos días una vivienda de éste en Vera, sin conocimiento o autorización del hombre, que también fue juzgado en este proceso, si bien resultó absuelto.

La sentencia, consultada por Diario de Almería, recoge que J.J.M.P. y L.R.L. fueron pareja hasta mediados de junio de 2015, así como que fruto de esta relación nació un niño que tenía fruto de cuya relación fue el nacimiento de un hijo de siete meses de edad.

Tras la ruptura de dicha relación, la acusada, "aprovechando que disponía de las llaves del vehículo del hombre, accedió a su interior de donde, sin el consentimiento de éste, tomó las llaves de un apartamento, propiedad una SLU de la que éste es partícipe y ubicado en Vera y, con ánimo ilícito de enrequecimiento, se instaló en el mismo el 9 de julio de 2015".

Sobre las 16 horas del 12 de julio de 2015, cuando el acusado se disponía a acceder a dicho domicilio, "comprobó que la cerradura estaba bloqueada, ante lo que requirió la personación de una dotación de agentes de la Guardia Civil, que encontraron a la acusada en su interior".

Horas más tarde, "ante el temor de ser denunciada por el acusado por la usurpación del inmueble, la acusada se personó en dependencias policiales, denunciando que el acusado la había agredido entre las 16 y las 17 horas de dicho día".

Sin embargo, la juez asegura que "ha resultado acreditado que el acusado no tuvo contacto con la denunciante en la franja horaria en la que la acusada que la había agredido" y destaca en este sentido "minuciosidad, persistencia, coherencia y plena coincidencia del relato de los hechos proporcionado por el acusado y por los testigos" que éste presentó durante la vista oral.

La juez apunta que estos testigos "vinieron a corroborar que desde las 15,40 horas hasta las 19,00 horas del 12 de julio de 2015 el acusado no tuvo contacto alguno con la denunciante".

Asimismo, la sentencia subraya la "plena coincidencia" de las manifestaciones de los agentes de la Guardia Civil que declararon durante el juicio, señalando que su "imparcialidad no deja lugar a dudas", y recuerda que estos "se personaron en la vivienda, a requerimiento del acusado, por la posible comisión de un delito de usurpación".

A los agentes les llamó la atención que "la acusada tardase en abrir la vivienda, lo que no se compadece con el hecho, puesto de manifiesto por la misma, de que estuviese aterrada y deseando recibir el auxilio de la fuerza pública con motivo de la agresión de que acababa de ser objeto".

Los guardias civiles también relataron que "el acusado se quedó sorprendido" al descubrir que era ella la que se encontraba en el interior de la vivienda, lo que no se compadece con el hecho de que horas antes, hubiese accedido a la vivienda y la hubiese agredido".

Además, los agentes precisaron que "la acusada se encontraba tranquila, no presentando signo alguno de violencia ni de nerviosismo o ansiedad" y que "le ofrecieron hablar reservadamente por si tenía algo que contar, rehusando a su ofrecimiento, pese a que el acusado se encontraba apartado, hecho por el que les llamó la antención encontrársela, al finalizar su servicio, en dependencias policiales, formulando denuncia por malos tratos".

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