Rebajan la pena a dos condenados por alijar casi dos toneladas de hachís en la playa de Torregarcía
Tribunales
Al estimar parcialmente que hubo una “desproporción” en las mismas porque no se puede achacar a los condenados, con el papel de “meros ejecutores” del alijo, la “dimensión cuantitativa” de la droga, pues se limitaron al desembarco y carga de ésta
Almería/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de cuatro años a tres años y medio de prisión la pena impuesta a dos condenados por a alijar 1.998,60 kilos de hachís en la playa de Torregarcía.
La sentencia estima parcialmente el recurso del abogado Nabil El Meknassi Barnosi contra el fallo de instancia, que consideró probado que “personas no juzgadas” se pusieron de acuerdo y en contacto con proveedores de hachís en el norte de África para “alijar una gran cantidad” de esta droga en la playa almeriense de Torregarcía.
De esta forma, el 23 de octubre una “persona no determinada” se desplazó hasta dicho lugar con un camión que había sido sustraído dos días antes en Valencia, con la finalidad de trasportar el hachís que “habían concertado recibir”, apuntando el fallo que se habían cambiado las placas de matrícula del vehículo.
Así, sobre las 03:35 horas una embarcación semirrígida de “alta velocidad” tocó tierra en la citada playa y los acusados, junto a “posiblemente otras personas no identificadas”, comenzaron a transbordar fardos de hachís al camión, que permanecía estacionado junto a la orilla.
Finalmente, la fuerza policial intervino junto al camión, en la orilla del mar, 8 fardos de arpillera y en el interior de dicho automóvil 61 fardos más.
En la orilla se encontraron 40 garrafas de gasolina de unos 25 litros “con destino al aprovisionamiento de la embarcación”. El hachís que contenían los fardos arrojó un peso neto de 1.910,858 kilos, por un lado, y de 87,739 kilos por otro, con un valor total estimado en 3.997.195,20 euros.
La sentencia explica que sea noche los agentes de la Guardia Civil sólo lograron detener a tres personas, entre ellas los condenados F.J.L.A. y J.J.C.S., y que el resto de los participantes en el alijo lograron huir de la zona.
De esta forma, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería los condenó a cuatro años de prisión y al pago de sendas multas de cuatro millones de euros por un delito contra la salud pública de “extrema gravedad”, aunque han sido absueltos de un delito de receptación y otro de falsedad documental.
Sin embargo, el TSJA reduce ahora en medio año estas penas de cárcel al estimar parcialmente que hubo una “desproporción” en las mismas porque no se puede achacar a los condenados, con el papel de “meros ejecutores” del alijo, la “dimensión cuantitativa” de la droga, pues se limitaron al desembarco y carga de ésta.
“Éstos asumían, por supuesto, que una operación de importación marítima con uso de una furgoneta no se iba a poner en marcha por unos pocos kilos de hachís, pero es casi seguro que, en tanto que meros farderos contratados, ni siquiera conocían de antemano si la cantidad concreta de droga iba a ser mensurable en kilos, en quintales o en toneladas”, apunta el alto tribunal andaluz.
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