Rafael Salgueiro

Economista

Más sentimientos que razones en el ecologismo

El proyecto de Minera Los Frailes, en Aznalcóllar, es el resultado de un trabajo administrativo digno y las denuncias de activistas ambientales son infundadas o exageradas

Más sentimientos que razones en el ecologismo

Más sentimientos que razones en el ecologismo

HAN pasado más de sesenta años desde la publicación del libro seminal del ecologismo o, al menos, de la moderna conciencia ambiental. Me refiero a La primavera silenciosa, escrito por Rachel Carson (1962). Su contenido, no carente de soporte científico, tenía la finalidad de provocar sentimientos en contra del uso de insecticidas. De ahí el título que se refiere a una primavera sin el canto de los pájaros, porque habían perdido su alimento: los insectos. El libro tuvo un éxito extraordinario, dando lugar a la restricción en el uso de insecticidas, e incluso puede decirse que la conciencia social que despertó fue influyente para la creación de la EPA, la Agencia de Protección Ambiental de EE.UU. (Nixon, 1970). Por cierto, su decisión de prohibir el DDT, luego generalizada, sirvió para legitimar a esa nueva agencia federal, aunque todavía hoy no haya mejor solución para combatir al transmisor de la malaria (un mosquito) en los países que siguen afectados por esta enfermedad. Pero esto, claro, corresponde a otro negociado y no al de la lucha contra los insecticidas. 

El asunto es que todavía hoy, aunque con ciertos perfeccionamientos, la principal vía de acción de los ecologistas organizados es utilizar los sentimientos de las personas, para predisponerlas o movilizarlas en contra de un proyecto que no sea de su agrado. Este es un camino fácil y muy efectivo. Los sentimientos son irracionales por definición, desde el amor al temor, y permiten sortear el laborioso camino de la discusión racional, evitando la discusión o confrontación basada en el conocimiento científico y técnico. En ocasiones, para evitar tener que demostrar la existencia real de un daño o peligro potencial derivado del proyecto que se quiere impedir, se utiliza (mal) el principio de precaución, para crear un sentimiento bajo el camuflaje de la duda razonable Este principio está recogido en el artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, pero no sólo requiere abandonar una política o una acción que pudiera causar daño al medio ambiente o a las personas sino también la ausencia de consenso científico al respecto, lo que no suele ser mencionado. 

Otra de las tácticas habituales es tratar de identificar la más mínima irregularidad en la tramitación de un proyecto, especialmente cuando se trata de autorizaciones ambientales, particularmente en el caso de la minería, una actividad a la que los ecologistas organizados son absolutamente contrarios. No importa mucho que la irregularidad sea cierta o sólo aparente, que sea sustantiva o carezca de importancia, siempre es un buen recurso para la denuncia ante el público o ante los tribunales. Esto tiene consecuencias muy serias porque, en realidad, se persigue influir de una forma indebida en las decisiones que han de tomar los funcionarios públicos. Sin embargo, lo más perjudicial de las denuncias ecologistas infundadas o exageradas es que se ponen en cuestión la profesionalidad, los conocimientos y los criterios técnicos de los funcionarios públicos. Y esto es un daño no sólo para los funcionarios sino también para toda la sociedad, porque merma la confianza de los ciudadanos en la Administración y en el cumplimiento de las normas y procedimientos que rigen la autorización de cualquier proyecto. 

Todo lo anterior lo hemos ido viendo a lo largo del complejísimo proceso de tramitación ambiental del proyecto de Minera Los Frailes (Aznalcóllar), e incluso inmediatamente después de ser anunciada la convocatoria del concurso para la reapertura de la mina. La oposición ambientalista ha contado con un aliado singular: las sucesivas denuncias presentadas por la empresa que perdió el concurso y que, a pesar de que la fiscalía haya instado al archivo de la causa en dos ocasiones, darán lugar a la apertura de juicio en 2025. Este proyecto ha vuelto a ser noticioso estas semanas, ya que ha finalizado el período de exposición pública y también lo han sido las críticas publicadas por los ambientalistas organizados y sus adláteres. Con argumentos pseudotécnicos, lo único que se pretende es despertar sentimientos de temor y ponerlos al servicio de la oposición a un proyecto que es, antes que nada, el único medio viable para la restauración ambiental del espacio en el que se ubica. 

Tampoco es infrecuente convertir en santuarios inalterables aquellos espacios que gocen de alguna figura de protección ambiental, obviando o ignorando que las actividades que puedan o no ser realizadas no se deriva de la propia figura de protección, sino de la norma específica para la gestión de ese espacio y de las obligaciones de conservación por parte de la administración responsable. La gran norma originaria es la Directiva Hábitats (1992) y el consecuente despliegue de la Red Natura 2000, pero esa misma norma también admite excepciones muy condicionadas, lo cual suele ser obviado por parte de los activistas. La Comisión, incluso, ha publicado una Guía para la realización de actividades extractivas no energéticas en espacios de la Red Natura 2000, lo cual significa que no están impedidas por sí mismas. 

Este argumento del espacio-santuario, junto a supuestas deficiencias legales, es el que ha sido utilizado por los activistas, en su oposición al concurso para el otorgamiento de permisos de investigación minera, recientemente convocado por la Junta de Andalucía. Se basan en que un cierto número de esos permisos se localizan en lugares con alguna figura de protección ambiental, aunque esta figura no prohíba la investigación. Denuncian también la ausencia de trámites ambientales. Entre otros, me refiero en particular a la ausencia de una Evaluación Ambiental Estratégica, obligatoria para planes y programas de la Administración que puedan afectar al medio ambiente, pero no, en mi opinión, para un caso que no constituye ni un plan ni un programa. Por otra parte, las tareas de investigación minera no causan afecciones ambientales apreciables, o se evita causarlas, si bien es obligatoria la restauración del lugar. El propósito último está claro: impedir que se identifiquen mineralizaciones que algún día pudiesen ser explotadas. 

Este concurso es el resultado de un arduo trabajo administrativo digno de reconocimiento y aplauso, y servirá al progreso de la minería en Andalucía, incluida la de materias primas críticas. Pero esto es, justamente, lo que los activistas ambientales tratan de impedir a toda costa, sin que les importen en absoluto que la seguridad ambiental y las condiciones laborales y sociales están garantizadas por las normas de aplicación en UE, a diferencia de lo que sucede en no pocos de los países que nos suministran materias primas. 

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