Bonificación del 50% del IBI a familias numerosas de El Ejido: este es el plazo para solicitarlo

Poniente

El objetivo de esta iniciativa, subraya el edil José Francisco Rivera, es "reducir la presión fiscal de determinados colectivos y personas vulnerables"

Cerca de 700 pensionistas de El Ejido se benefician de reducciones en agua, basura y alcantarillado

José Francisco Rivera, concejal de Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido.
José Francisco Rivera, concejal de Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido. / D. A.

El Ayuntamiento de El Ejido mantiene abierto hasta el próximo 3 de marzo el plazo para que las familias numerosas del municipio puedan solicitar la bonificación del 50% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) Urbanos.

Una medida con la que el concejal de Hacienda, José Francisco Rivera, explica que el Gobierno local “trata de reducir la presión fiscal de determinados colectivos y personas vulnerables, aliviando la economía familiar”.

Durante el pasado año, fueron un total de 1.247 las familias del municipio que se acogieron a la reducción del IBI, lo que les supuso un ahorro medio de 203,15 euros y que supuso para el Ayuntamiento dejar de ingresar 253.323,46 euros durante el pasado ejercicio.

En este sentido, el edil de Hacienda ha recordado que “con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites administrativos a la ciudadanía”, el Gobierno local modificó en 2021 la ordenanza de bonificación del IBI a familias numerosas para que se prorrogue de manera automática en todos aquellos casos en los que se mantenga el carné de familia numerosa y se sigan cumpliendo los requisitos obligatorios”.

Por tanto, únicamente tendrán que solicitar la bonificación aquellas familias que no hayan sido beneficiarias con anterioridad y aquellas que aun habiéndose beneficiado de la medida en el ejercicio 2024 haya perdido vigencia el título y se haya renovado o se encuentre en solicitud de renovación, así como si se han producido modificaciones de las personas empadronadas en el inmueble.

Requisitos para optar a la bonificación

Los requisitos para acceder a la bonificación del 50% de la cuota del impuesto son ser titular de familia numerosa y ser titular catastral del inmueble para el que se solicita la bonificación a 1 de enero de 2025, que el solicitante esté empadronado esa vivienda también desde el 1 de enero de 2025 o con anterioridad y que no se encuentren empadronadas en esta vivienda personas distintas a las que constan en el título de familia numerosa, con la salvedad del cónyuge, persona de análoga relación de afectividad o familiares directos. En caso de constar empadronadas personas distintas a las contenidas en el título de familia numerosa, habrá de acreditarse la relación familiar con el solicitante de la bonificación.

Por otra parte, esta medida viene a unirse a otra serie de acciones importantes como las bonificaciones en los recibos del agua, basura y alcantarillado a las personas pensionistas, o las aplicadas al transporte urbano para la tercera edad y personas con discapacidad. Decisiones todas ellas con las que se pretende mejorar el bienestar y calidad de vida de todos estos colectivos.

Las solicitudes, junto a toda la documentación requerida, se pueden presentar en la Unidad de Servicios Fiscales de la Casa Consistorial de El Ejido, en cualquiera de las Oficinas Municipales de los distintos núcleos de población o mediante registro electrónico en la oficina virtual.

Los modelos de solicitud se encuentran disponibles en el catálogo de procedimientos de la web municipal https://sede.elejido.es/ para que puedan descargarse por parte de los interesados.

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