Almería

Absuelven a una mujer por anunciar los servicios sexuales de otra para injuriarla

  • El juez considera que la procesada no ordenó que se hiciese esta publicación ni tuvo que ver con ella

El Juzgado de lo Penal número 1 de Almería ha absuelto a una mujer acusada por un delito de injurias que se enfrentaba a una multa de 12 meses, a razón de 10 euros al día, por supuestamente haber publicado una anuncio sin el consentimiento de otra mujer en el que esta última ofrecía relaciones sexuales. La sentencia, consultada por Diario de Almería, recoge que una persona desconocida que "debía conocer" a la víctima, decidió menoscabar la dignidad personal de ésta mediante la publicación de un anuncio de contenio sexual en el portal www.milanuncios.com. De esta forma, dico desconocido facilitó a otra persona el nombre, teléfono, descripción física y edad de la perjudicada. Esta persona insertó el 21 de diciembre de 2014, sobre las cinco menos diez de la tarde, dicho anuncio, que rezaba: "Chica ninfómana. Chica busca señora de 25 a 55 años. Soy pelirroja y de ojos claros, Seriedad. Tengo 35 años. Busco satisfacer mis deseos más íntimos y los tuyos también. Un beso. Edad 35 años". En este texto se incluía además el número de teléfono de la víctima.

Tras realizarse esta publicación, la perjudicada recibió "multitud de llamadas" y mensajes a través de la aplicación de mensajería gratuita WhatsApp, de personas "interesadas en mantener con ella un contacto acorde al contenido de lo ofrecido en el anuncio". Después de esto fue denunciada, investigada y acusada por un presunto delito de injurias una mujer que tras la vista oral ha sido absuelta por el magistrado Luis Miguel Columna Herrera al no haber quedado acreditado que fuese la promotora del anuncio. En este sentido, el juez afirma en el fallo que "es tan débil la prueba que se ha practicado, que la misma ha de considerarse insuficiente para enervar la presunción de inocencia". Añade que para sustentar la acusación sólo existe el testimonio de la persona que insertó el anuncio "injurioso" en la red, apuntando que "en forma alguna podemos entender que fuese por órdenes de la acusada, ya que esto sólo puede entenderse como una manifestación realizada para exculparse ella", por lo que esta versión no tiene para el juez "la más mínima credibilidad, toda vez que se hace para ella no quedase acusada, lo que entedenmos debió hacerse, ya que es la única persona que se ha acreditado ha tenido una participación material en estos hechos".

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