Absuelven a un acusado de incumplir una orden de alejamiento respecto a su expareja
Tribunales
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Almería/La Audiencia Provincial de Almería ha confirmado la absolución de un hombre para el que había sido acusado por el presunto incumplimiento de una orden de alejamiento que le impedía aproximarse a menos de 500 metros de su expareja.
La sentencia ratifica y hace suyos los hechos del fallo del Juzgado de lo Penal número 3 de Almería, que recordaba cómo el acusado fue condenado en enero de 2020 por un delito de amenazas graves a un año de prisión.
En ese momento se le impuso también la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 500 metros de su expareja, una medida en vigor hasta el 19 de febrero del año pasado.
Sin embargo, un mes después de ser condenado ambos coincidieron en ‘La Térmica’, “sin que de la prueba practicada resulte acreditado que el acusado se mantuviera en el mismo da sabiendas de que la mujer se encontraba allí, ni que fuera acercándose cada vez más a donde ella estaba mirándola fijamente”.
La sentencia fue recurrida en apelación por la mujer, pero los magistrados Luis Miguel Columna, Ignacio Angulo y Luis Durbán lo desestiman al asegurar que la doctrina “hace inviable el recurso, en el que se interesa la revocación de una sentencia absolutoria y el dictado de otra de condena sobre la base de una nueva valoración de prueba de naturaleza personal, pues no existe en el ordenamiento procesal previsión alguna que contemple la audiencia del acusado en el trámite de apelación”.
“En el presente caso, se pide por la acusación que la Sala haga una nueva valoración de la prueba y que dicte una sentencia condenatoria, lo que no es posible en base a la Jurisprudencia y a la normativa referida. En virtud de lo razonado el recurso debe ser desestimado, con la consiguiente confirmación de la sentencia”, concluyen.
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