Ana Julia, primera mujer condenada a prisión permanente revisable
Juicio por el crimen del niño Gabriel Cruz
Suma otras penas por un total de 8 años y 9 meses por delitos de lesiones psíquicas y contra la integridad moral
Deberá abonar 250.000 euros a cada padre y 200.203 euros por la búsqueda
Ana Julia Quezada se ha convertido en la primera mujer de España en ser condenada a prisión permanente revisable por el asesinato del ‘Pescaíto’ Gabriel Cruz. La magistrada Alejanadra Dodero notificó este lunes la sentencia que impone dicha pena a la acusada, declarada culpable por un jurado popular tras nueve intensos días de vista oral en la Audiencia Provincial de Almería; un fallo que condena además a la dominicana por dos delitos de lesiones psíquicas y otros dos contra la integridad moral, perpetrados respectivamente contra los padres del pequeño de 8 años, Ángel Cruz y Patricia Ramírez.
En concreto, Dodero impone a Ana Julia tres años de prisión por lesiones psíquicas a Ángel y otros dos años y nueve meses por este mismo delito contra Patricia, siendo en este caso menor la pena al no concurrir la agravante de parentesco que si se tiene en cuenta en el del progenitor. Asimismo, le han sido impuestas sendas penas de un año y medio de prisión por un delito contra la integridad moral con la agravante de parentesco al padre, y otro sin dicha agravante, a la madre.
Una alevosía con un animo ruin, perverso, cobarde o traicionero
La magistrada indica en el fallo que existe una “modalidad especial de alevosía, basada en la relación de confianza proveniente de la convivencia, generadora para la víctima de su total despreocupación respecto de un eventual ataque que pudiera tener su origen en acciones del acusado”. “Se trata, por tanto, de una alevosía derivada de la relajación de los recursos defensivos como consecuencia de la imprevisibilidad de un ataque protagonizado por la persona con la que la víctima convive día a día”. “En estos casos, hay una mayor peligrosidad y culpabilidad en el autor del hecho, que revela con estos comportamientos un animo particularmente ruin, perverso, cobarde o traicionero y también una mayor antijuricidad por estimarse más graves y más lesivas”, añade.
Más aún, la magistrada condena a la procesada al pago de indemnizaciones por daños morales a los padres de Gabriel en la cantidad de 250.000 euros a cada uno de ellos. Junto a ello, tendrá que abonar los gastos ocasionados al Estado en las labores de búsqueda del menor, que ascienden a la suma de 200.203 euros. Tampoco podrá acercarse a Ángel y Patricia a menos de 500 metros por un periodo de 30 años.
Los hechos de la sentencia son un calco del veredicto del jurado y comienzan el relato en septiembre de 2017, cuando Ana Julia comenzó una relación sentimental con Ángel, conviviendo con él y con el niño cuando a éste le correspondía estar con su padre. Así, el 23 de febrero del 2018, la acusada, Ángel y Gabriel se desplazaron al domicilio de la abuela del menor en Las Hortichuelas Bajas para pasar el puente del 28F. Cuatro días después, sobre las 15:30 horas, el pequeño salió de dicha casa a jugar con unos primos que vivían cerca. “La acusada, inmediatamente después de marcharse Gabriel de la vivienda, se subió a su vehículo e interceptó al niño, instándole a que le acompañara a la finca sita en Rodalquilar para realizar labores de pintura”, relata el fallo.
Ante la confianza generada por Ana Julia al ser una “persona íntimamente vinculada a su entorno familiar”, accedió a irse a esta finca ubicada en un “lugar alejado y deshabitado”. Destaca además que la acusada era “consciente de su superioridad respecto del niño, por la diferencia de edad y complexión” y que una vez en la finca, de “forma intencionada, súbita y repentina, cogió a Gabriel y lo lanzó contra el suelo o pared de la habitación, y tras el impacto del niño, procedió la acusada, con sus propias manos a taparle la boca y la nariz con fuerza”.
Así hasta que logró “vencer su resistencia y provocar su fallecimiento” como consecuencia de la oclusión de los orificios respiratorios, por asfixia mecánica por sofocación. El fallo añade que tras la muerte del pequeño, “de forma intencionada, cavo una fosa en los exteriores de la finca de Rodalquilar, y como quiera que uno de los brazos del niño no cabía, le propinó diversos cortes con un hacha, provocando la fractura de cúbito y radio”.
PP y Cs celebran la pena impuesta a Quezada
El PP yCiudadanos (Cs) celebraron ayer que, tras el veredicto del jurado popular, Ana Julia Quezada haya sido condenada este lunes a la pena de prisión permanente revisable. El secretario general del PP, Teodoro García Egea, destacó que en este caso hay “un niño asesinado fríamente” y ha subrayado que la aplicación de esta pena a Quezada ha sido posible gracias a que el PP se opuso a su derogación en el Congreso, frente a la postura favorable o la abstención del resto de fuerzas políticas.
“El Partido Popular se opuso a la derogación de la prisión permanente revisable con sus votos únicamente”, resaltó García Egea en una rueda de prensa celebrada en Barcelona, tras la reunión del comité de dirección del PP que ha presidido Pablo Casado.
Por su parte, el presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, señaló en su cuenta de Twitter que “el peso de la ley ha caído sobre la asesina del pequeño Gabriel”. “Le envío un fuerte abrazo y todo mi cariño a los padres del niño y a toda su familia. Nada podrá mitigar su dolor, pero al menos hoy se ha hecho justicia”, añadió el líder de Cs, cuyo partido no suele comentar las decisiones judiciales.
La búsqueda de Gabriel se prolongó durante 11 días, tiempo en el que la condenada “simuló encontrarse afligida y compungida, alentando los ánimos de los familiares, y generando falsas expectativas sobre la aparición del niño, involucrándose en las labores de búsqueda, desarrollando una actitud de simulación, fingimiento y farsa pública y notoria”. En este sentido, el fallo recalca que le decía a los padres: “ hoy lo vamos a encontrar, hoy va a aparecer, le vamos a dar Coca-Cola, el niño me dijo esa mañana que quería llamarte – refiriéndose a la madre- y le dije que a la tarde cuando llegara su padre”. “El día 9 de marzo fue convocada una manifestación por las calles de la ciudad de Almería, y durante los actos celebrados en la Diputación Provincial y en la Puerta de Purchena , la acusada Ana Julia, proclamaba que el menor iba a aparecer portando una camiseta donde aparecía la cara del niño y podía leerse “Todos somos Gabriel”.
También recuerda cómo el 3 de marzo con la intención de distraer la atención en la búsqueda del niño y con la finalidad de dirigir las sospechas sobre su ex-pareja, así como con la “intención de añadir más sufrimiento a los padres”, colocó una camiseta del niño sobre unas matas, en un cañaveral de un paraje apartado y de difícil acceso.
Ya el día 11 marzo, desenterró el cuerpo de Gabriel de la finca de Rodalquilar, lo metió en el maletero de su coche y durante el trayecto hasta Vícar profirió expresiones de “absoluto desprecio” al niño. “Todos estos actos llevados a cabo por la acusada los realizó queriendo y siendo consciente de que aumentaba el sufrimiento de Patricia y Ángel, menoscabando su salud psíquica, e igualmente con ellos quiso de modo deliberado vilipendiar, humillar y vejar a ambos padres”, concluye el fallo.
Un recurso que ya está en ciernes
El abogado de Ana Julia Quezada, Esteban Hernández Thiel, anunció este lunes que recurrirá el fallo que condena a su cliente a prisión permanente revisable por el asesinato con alevosía del niño Gabriel Cruz, apuntando que esta pena es aún “jurídicamente controvertida”. “Entendemos que hay base legal para ello. Yo creo que hay distintos aspectos. En primer lugar, creo que en cuanto a la pena hay jurisprudencia discrepante del Tribunal Supremo sobre la pena de prisión permanente revisable”, dijo en declaraciones a Efe el letrado.
Por ello, consideró que aún se debe ver “si sería o no aplicable en el presente caso”. “Lo recurriremos porque entendemos que es una cuestión jurídicamente todavía controvertida”, ha apuntado. En cuanto a los otros delitos, de lesiones psíquicas y contra la integridad moral, considera que se podría estimar “que se está castigando doblemente unos mismos hechos con independencia de que también estimamos que la intencionalidad no era causar lesiones”. “Si se ha castigado como doloso, creemos que esa intención no queda acreditada”, concluyó.
Por otro lado, su compañera de despacho y en la defensa de Ana Julia, Beatriz Gámez, indicó que recurrirán la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería en relación a “varios aspectos”, entre ellos, la valoración de la prueba efectuada por el jurado popular, ya que aún sostiene que “la forma de ocurrir los hechos es un delito de homicidio en todo caso”.
En declaraciones a los medios, la letrada incidió en el debate en torno a la figura penal, sobre la que hay pendiente un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC). “El fin de la prisión es la reinserción, la resocialización, aunque lleva también una parte de pena, de castigo. Pero si una persona piensa que no va a salir nunca, ahí es donde está el problema”, opinó Gámez, quien, por otra parte, aseguró que el fallo era el esperado a la vista de los hechos que dio por probado el jurado.
Recordó además que Quezada es una “persona insolvente” que ha estado representada por “abogados de oficio”, por lo que ve “difícil” que se puedan cobrar las indemnizaciones de 700.203 euros a favor de los padres y del Estado, ya que también está obligada a pagar el coste del operativo de búsqueda.
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