Almería

El Ayuntamiento de Almería crea una ordenanza para el patrocinio de eventos

  • Estas son las nuevas normas de esponsorización en las actividades municipales que sean desarrolladas por el Consistorio y sus organismos autónomos

Amalia Martín, concejal de Presidencia

Amalia Martín, concejal de Presidencia

El Ayuntamiento de Almería ha aprobado, en Junta de Gobierno Local, el proyecto de Ordenanza General de Patrocinios del Ayuntamiento de Almería y sus Organismos Autónomos, nueva ordenanza que tiene por objetivo establecer el régimen normativo municipal aplicable a la aceptación de patrocinios en las actividades municipales que sean desarrolladas por consistorio y sus Organismos Autónomos, canalizando adecuadamente la colaboración público-privada para la financiación de actividades y eventos municipales.

Además de concretarse el procedimiento aplicable para la selección de los patrocinadores, de acuerdo a los principios de libertad de acceso, transparencia, no discriminación e igualdad, la Ordenanza vendrá a cumplir el mandato establecido en el artículo 29 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, que obliga a regular esta materia a través de una Ordenanza.

La concejala de Presidencia, Planificación y Proyectos Europeos, Amalia Martín, ha explicado que “el patrocinio y/o esponsorización es una de las prácticas más habituales que acompañan la realización y/o celebración de actividades de interés social, cultural, deportivo, patrimonial o cualquier otra de interés público”, precisando que esta nueva ordenanzabusca establecer un marco claro y transparente que permita canalizar, desde la perspectiva del interés general, las acciones o actuaciones que se considere de mayor relevancia para potenciarlas mediante la institución de patrocinio, fomentando y haciendo partícipe así, a la sociedad civil, en las actividades de esta naturaleza que el Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos consideren preferentes”.

La aprobación del proyecto por Junta de Gobierno Local sigue a la fase de consulta pública previa a su elaboración y será ahora sometida a su aprobación inicial por el Pleno de la Corporación, siendo antes el documento dictaminado por la Comisión Plenaria correspondiente y sometida, con posterioridad, a un periodo de información pública y audiencia a las personas interesadas.

Estructura y aspectos destacados de la ordenanza

La ordenanza se estructura en cinco capítulos, con quince artículos, tres disposiciones adicionales y una disposición final.

A grandes rasgos, la Ordenanza establece que, con carácter anual, “debe aprobarse un Plan Anual de Patrocinios, en el que se incluyan las actuaciones y actividades que serán objeto de Patrocinio. Recoge además la posibilidad de modificar este Plan, a lo largo del ejercicio, para dar cabida a aquellas actuaciones y actividades que, no encontrándose inicialmente previstas, pudieran surgir durante el año”, ha explicado Martin.

Una vez aprobado el Plan se procedería a la convocatoria del Patrocinio, a los efectos de que los posibles interesados presenten su solicitud. La selección de los Patrocinadores debe realizarse de acuerdo con los principios de igualdad y no discriminación, a cuyo efecto se establecen en la Ordenanza los criterios de selección aplicables.

La responsable del Área de Presidencia ha destacado también como parte del contenido de esta ordenanza la posibilidad, dentro de la convocatoria, “de establecer igualmente la exclusividad, con un solo patrocinador o que puedan admitirse varios patrocinadores”.

En cuanto al patrocinio, podrá consistir no solo en aportaciones económicas, sino también de materiales o bienes, “lo que amplia el ámbito de actuación para que estos supuestos puedan ser utilizados con ocasión de actividades municipales, caso de la Feria, Navidad, Noche en Blanco…, de interés por tanto para áreas como las de Deportes, Turismo o Cultura”, ha precisado Amalia Martín.

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