Catálogo de edificios en el PGOU (I)

Imperativo legal. Cada municipio debe dotarse de un Plan General de Ordenación Urbana que, tras su exposición pública, alegaciones y aprobación plenaria, es refrendado por la Junta

Parque Nicolás Salmerón de la capital.

15 de diciembre 2012 - 01:00

ES deber inaplazable de cada Ayuntamiento configurar su propio territorio urbano conforme a unas normas comunes territoriales, independientemente de su mayor o menor tamaño construido y poblacional. A ello están obligados por imperativo legal (Planes de Ordenación Urbana), debiendo al final del proceso redaccional, exposición pública, alegaciones y aprobación en Pleno ser ratificado -en el caso de nuestra Comunidad- por la Junta de Andalucía, en virtud de las competencias transferidas del Gobierno central en aplicación del espíritu y letra del Título VIII de la Constitución, "de las Autonomías".

De esta manera, y por resumir, el legislador impone una planificación global y reglada que evite los desmanes patrimoniales a que pueblos y ciudades han sido sometidos periódicamente en el transcurso del tiempo. Así, en un ranking de expolios urbanísticos impunes, Almería ocuparía un lugar destacado; con la pérdida de identidad añadida de su otrora amable arquitectura mediterránea. Agotado el PGOU de 1998, su revisión está próxima a facilitar otro actualizado que corrija los defectos y obsolescencia de aquel y capaz de abordar los retos presentes en servicios y equipamientos que los ciudadanos demandan en este difícil momento de crisis económica y del modelo de habitabilidad que queremos para los próximos años. El Pgou a aprobar incluye el preceptivo Catálogo de edificios, públicos y privados, a proteger frente a cambios de uso sorpresivos.

Publicado por la imprenta de Dº Mariano Álvarez Robles (suegro más adelante de Carmen de Burgos Seguí "Colombine"), en agosto de 1864 entró en vigor la primera ordenanza "para el Régimen y Gobierno de la Ciudad de Almería y su término", elaborada por los concejales Antonio Pérez Díaz y Alfonso Manuel Cano. Contiene 14 "títulos" que se ocupan de los temas cotidianos en el convivir diario, aunque, paradójicamente, no se detiene en aspectos urbanísticos: ensanches, trazado viario, volúmenes edificados, etcétera. En cambio, en su apéndice núm. 1º, subdivide los distritos en que estaba parcelada (catorce) en "cuarteles"; y adjudica nombre a callejuelas, plazas, patios y ensanches que carecían de ellos o los confirma según los casos (pese a los vaivenes políticos, buena parte de estos conservan el rótulo original asignado en la Ordenanza).

En 1855 se autoriza por Real Orden el derribo de las murallas que constreñían la ciudad. Tal decisión no obedece estrictamente a las necesidades de su crecimiento y afán de modernidad, sino a una estrategia especulativa de determinados individuos de la alta burguesía, propietarios de extensos solares a extramuros que prontamente se urbanizaron o construyeron: Paseo y Bulevar, Mercado de Abastos, Compañía de María, teatro Apolo, etc. A diferencia de otras localidades que soportaron idéntico proceso, en Almería no se conservó siquiera una parte mínima de los lienzos amurallados, baluartes o alguna puerta monumental: la del Mar y de Pechina o Purchena.

Sobre la decisión de arramblar con esta última solo alzó su voz el concejal Francisco Jover Giral (en varias etapas alcalde, gobernador y propietario de la monumental vivienda de la calle Infantas, hoy, anexionada a la del vizcondado del Castillo de Almansa, sede del Archivo Histórico Provincial, con entrada por Campomanes). La denuncia de Dº Francisco, digo, fue acallada en sesión de Cabildo cuando solicitó salvarla de la piqueta para que en el futuro pudiera admirarse el pasado esplendor y que hoy sería, aparte de motivo de orgullo ciudadano, un atractivo reclamo turístico. No tan curiosamente, por estas fechas dos poderosos personajes de la vida provincial, Ramón Orozco y Joaquín Vílches, sí vieron satisfechas sus peticiones de demolición de muros de tapial, mortero y piedra de cantería en la bajante del Paseo y en el hoy malecón de San Luis (Parque).

Anexo al cerramiento mural, a intramuros -con acceso independiente y hermosa torre presidiendo la entrada- destacaba la Atarazana (astillero o arsenal) de Almería, edificada (sucesivamente fue reformada y agrandada) en tiempos del Califato de Córdoba dado que al-Mariyat Bayyana era el principal puerto comercial y base naval de al-Andalus. De su capacidad de almacenaje de pertrechos, reparación y construcción de naves de gran calado dejaron testimonio cronistas y poetas árabes y distintos viajeros europeos. Todos vienen a coincidir en su magnificencia: inferior en tamaño a la de Barcelona pero superior a la de Sevilla.

El 30 de septiembre de 1868 toma posesión el nuevo Ayuntamiento Constitucional tras la proclamación del Sexenio Revolucionario (La Gloriosa) que acabó (provisionalmente, como luego se vería) con la dinastía borbónica en España y obligó al destierro a la reina Isabel II. Manuel Orozco (hijo de Dº Ramón) es nombrado alcalde y José Mª Marín Baldó arquitecto Municipal. En sesión del 3 de octubre (no en 1866 como afirma Tapia Garrido) el Cabildo toma la decisión de derribar la antigua Atarazanas (pareja suerte corrió el baluarte artillado de la Sta. Trinidad, aledaño a la Puerta del Mar y abandonado por el ramo de Guerra). Previo al plenario de 17 de octubre, el Ayuntamiento recibió un telegrama de Madrid, sabedores del lamentable asunto. Y en este:

Se acordó oficiar comunicación al Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación manifestándole que antes de ser recibido su telegrama del día quince, ya había sido demolido el edificio ruinoso almacén de Atarazanas, que no encerraba riqueza ni monumento artístico alguno ni histórico (¿?)

Su finiquito lo rubricaron con potentes cargas de dinamita de la que tan sobrado estábamos (por aquello de la minería y el contrabando), mientras que familias ociosas y de posibles económicos contemplaban el espectáculo desde el elitista balneario El Recreo recientemente inaugurado por Carlos Jover. No están sus límites suficientemente documentados, pero debió ocupar el perímetro del hoy edificio de Cruz Roja en el Parque (propiedad primera de Fernando Roda), extendiéndose -lo que prueba su amplitud- hasta la iglesia de San Juan, en posesión de la Administración Militar, utilizada como "depósito de subsistencias de Guerra" (el almacén tenía agregada una parcela resultante de la apertura de la calle Atarazanas). Nuevamente la ciudad perdió un distintivo histórico-monumental y excepcional espacio escénico

La segunda Ordenanza Municipal redactada se debe a José Mª Muñoz Calderón, abogado y alcalde ratificado a 1º de enero de 1902. Tampoco contempla plan urbanístico alguno, aunque ya funciona la comisión de Ornato encargada de la aprobación de reformas, nueva obra, fachadas, vanos, etc., además de proseguir atendiendo el alineamiento viario y planeamiento de ensanches obreros, con las típicas casas de puerta y ventana (una o dos) destinadas a las clases obrera y media.

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