Condenado por amenazar con cuchillo a su hijo de 13 años que consiguió huir
El procesado cumplirá condena de 7 meses y 15 días de prisión por un delito de lesiones
El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha condenado a penas que superan los 22 meses de prisión a J.I.B., un hombre que amenazó a su hijo de 13 años con un cuchillo, si bien el niño consiguió huir.
El procesado ha sido condenado a 7 meses y 15 días de prisión por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia familiar, 9 meses por un delito de amenazas y otros 6 meses de cárcel por un delito de quebrantamiento de condena.
Los hechos se remontan a marzo de 2014 cuando el padre, a quien le constaba y "era conocedor" de una orden de alejamiento de su mujer e hijo, tras volver a residir en el domicilio con éstos, se presentó allí bajo los efectos de una ingesta alcohólica, según indica la sentencia, consultada por Efe.
De esta forma, "sin mediar palabra y en actitud agresiva, cogió de la ropa y a la altura del cuello a su hijo", lo "zarandeó y empujó contra la pared", si bien el menor consiguió "zafarse" de éste y esconderse en el cuarto de baño.
El padre comenzó a golpear la puerta del cuarto de baño "al tiempo que amenazaba al hijo con matarlo" de tal forma que finalmente consiguió abrir la puerta y "se abalanzó sobre su hijo con un cuchillo de cocina, iniciándose un forcejeo", aunque el niño logró "darse a la fuga".
Como consecuencia de los hechos, el menor sufrió lesiones que precisaron una primera asistencia facultativa y tardaron en curar cinco días.
En el fallo se indica que el consumo de alcohol previo a la comisión de los hechos "le producía una leve merma de sus facultades intelectivas y volitivas" al condenado.
Además de a los 22 meses de prisión, sobre J.I.B. pesa una nueva prohibición de aproximación a menos de 300 metros de su hijo ni comunicarse por cualquier medio con él durante 5 años.
Para establecer las penas dictadas contra el procesado, que mostró conformidad durante el juicio, la magistrada-juez aplicó la agravante de reincidencia en el primer delito, la agravante mixta de parentesco en el segundo y la atenuante de embriaguez en ambos casos.
Por suerte, el menor, a pesar de los daños, tuvo la suerte de recuperarse, también gracias a que pudo escapar.
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