Almería

Condenado por empujar e insultar en Almería a su expareja cuando ésta fue a recoger sus pertenencias

  • La víctima llamó a la Policía pero mientras llegaban los agentes, el condenado le dijo: “Vete, cacho puta, loca perdía, qué vas a denunciar tú, hija de puta, no eres nadie”

Imagen de archivo de una mujer frente a la relación de mujeres víctimas de violencia de género.

Imagen de archivo de una mujer frente a la relación de mujeres víctimas de violencia de género. / D.A.

Una juez de Almería ha impuesto medio año de cárcel a un hombre que empujó e insultó a su exnovia cuando ésta fue a recoger sus cosas.

La sentencia, dictada por conformidad, declara probados unos hechos que tuvieron lugar sobre las siete de la tarde del 23 de octubre de 2018 en el domicilio del acusado, que reside en la capital almeriense pero es natural de Málaga.

Fue sobre esa hora cuando la expareja de la víctima acudió a esta vivienda a recoger sus pertenencias. “Sin más, comenzó a insultarla y menospreciarla manifestándole: Cacho puta, pasa de mí, que te den por culo”.

Asimismo, con “ánimo de menoscabar su integridad física”, la empujó en varias ocasiones.

La víctima llamó a la Policía pero mientras llegaban los agentes, el condenado le dijo: “Vete, cacho puta, loca perdía, qué vas a denunciar tú, hija de puta, no eres nadie”.

El fallo indica que de forma previa, cuando todavía tenían una relación, el acusado le dijo a la mujer que todo el mundo sabía que estaba “loco” y que se iba a llevar “por delante” a su madre, a su padre y a quien hiciera “falta”. “Me cargo al perro (...) como me metas en la cárcel, ya se ocuparía de ti y tu familia, cacho puta, zorra, come pollas, come mierdas, estás loca perdía, estás sola en la vida”, con ánimo de amedrentarla y atemorizarla.

Por estos hechos, el varón ha sido condenado a medio año de prisión por un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género, por el que también se le priva del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años, imponiéndole además una orden de alejamiento de 500 metros respecto a la víctima.

Por un delito de amenazas se le imponen 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad y una orden de alejamiento de 500 metros; mientras que tiene otros 6 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito leve de injurias, que también conlleva orden de alejamiento.

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