Tribunales

Condenado a cuatro años de prisión por patronear una patera con 15 ocupantes hasta Carboneras

  • La patera llegó al litoral almeriense el 17 de septiembre de 2021 sobre las 14,45 horas mientras era avistada por los agentes

Imagen de archivo del Tribunal Supremo

Imagen de archivo del Tribunal Supremo / Juan Carlos Hidalgo (EFE)

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de cuatro años de prisión para el patrón de una patera que desembarcó en la playa de El Corral de Carboneras en septiembre de 2021 cuando iba ocupada por un total de 15 personas abordo, casi todas ellas de origen sirio, que habían zarpado la madrugada anterior en una embarcación de pequeñas dimensiones equipada con un motor fueraborda y al menos cinco bidones de gasolina de 25 litros cada uno.

La Sala de lo Penal rechaza en su auto el recurso de casación interpuesto por la defensa del condenado, quien fue identificado por los agentes de la Guardia Civil como la persona que pilotaba la embarcación incluso cuando maniobraba para aproximarse a la costa en una operación "no exenta de riesgo", según recoge la resolución judicial consultada por Europa Press.

Aunque el acusado alegó que "en ningún caso" su comportamiento supuso poner en riesgo la vida de los inmigrantes dado la que mar estaba en calma y todos llegaron bien físicamente, el tribunal estima los riesgos que entrañaron la "larga travesía" efectuada en "horas nocturnas" con una embarcación "inadecuada" y "sobrecargada" no solo por el peso de sus ocupantes, alguno de los cuales "no sabía nada", sino también por el de las garrafas de gasolina.

En esta línea, abunda en que la patera no tenía ni luces ni medidas de seguridad para un trayecto con "intenso tráfico marítimo", toda vez que la única medida de precaución adoptada por el patrón "habría sido consultar las previsiones meteorológicas para cerciorarse que el mar no estuviera en mal estado durante el trayecto, predicción esta que, según la pericial, no se cumple siempre en el Mediterráneo".

"Tales circunstancias denotaban una situación de grave riesgo para los ocupantes de la patera", asevera la Sala, que recoge el pronunciamiento condenatorio del TSJA para incidir en que la patera de apenas cinco metros de eslora no reunía las condiciones de seguridad "mínimas" para garantizar la seguridad de la vida humana en el mar durante un trayecto de 83 millas náuticas.

Del mismo modo, destaca que el empleo de bidones de gasolina para repostar sobre la marcha supuesto para mayor abundamiento "un gran peligro de incendio o deflagración a bordo" de una lancha en la que se carecía de equipo de navegación, salvamento, contra incendios, achique o radiocomunicaciones, comida o víveres o con chalecos salvavidas, entre otros elementos.

La patera llegó al litoral almeriense el 17 de septiembre de 2021 sobre las 14,45 horas mientras era avistada por los agentes, quienes identificaron al patrón de la patera. De otro lado, la sentencia de apelación del Alto Tribunal andaluz absolvía a un segundo condenado inicialmente a cinco años de prisión al no considerar suficiente acreditado que en algún momento de la travesía se encargara de la navegación.

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