Tribunales

Condenado por propinar un puñetazo a un panadero que no quiso darle dinero

  • El acusado iba borracho y llamó de madrugada a la puerta del negocio de la víctima

Elaboración del pan.

Elaboración del pan.

Una juez de Almería ha condenado a un hombre que propinó un puñetazo a un panadero que se negó a darle dinero, tras llamar ebrio y de madrugada al negocio de la víctima.

La sentencia declara probado que el acusado K.S.S.H. se dirigió sobre las tres y media de la mañana a una panadería de Cuevas del Almanzora, golpeando la puerta de la misma "insistentemente".

Le abrió el dueño, que lo vio portando un paraguas roto. Así las cosas, el acusado le dijo a dicho propietario que "había que echar algo, que había que pagar", por lo que le cerró la puerta.

Ante esto, el procesado comenzó de dar patadas a la puerta y al abrirla de nuevo, inició una discusión con el dueño, propinándole un puñetazo en el ojo, provocando una lesión que precisó posteriormente de sutura en el párpado y 20 días para su curación.

El fallo indica que cuando pasó esto el acusado tenía "levemente alteradas sus facultades intelictivas y volitivas por el consumo de bebidas alcohólicas".

Durante la vista oral, el procesado, de origen colombiano, dijo no recordar nada porque "iba borrachísimo y con cocaína" debido a sus adicciones a las drogas y al alcohol.

El agredido confirmó, por su parte, la agresión y que ésta había tenido lugar después de negarse a darle dinero, apuntando que tuvo que llamar a su hijo para que lo llevase al médico.

Añadió que al contarle lo ocurrido, el agresor salió corriendo, por lo que su hijo tuvo que salir corriendo tras él hasta el cuartel de la Guardia Civil, indicando que, efectivamente, "no iba bien".

El hijo del panadero corroboró esto y señaló que tas llevar al cuartel al acusado, éste estaba "medio mareado" y "semi inconsciente", así como que tubo que ser atendido por una ambulancia.

Por estos hechos, K.S.S.H. ha sido condenado a diez meses de prisión por un delito de lesiones, en el que concurre la atenuante analógica de embriaguez, así como al pago de una indemnización de 750 euros por las lesiones causadas al perjudicado.

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