Condenados por cultivar casi 1.300 plantas de marihuana en Vícar
Tribunales
Según la sentencia, la Guardia Civil tuvo conocimiento a través de varias personas anónimas de la existencia de una posible plantación próxima a un colegio
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Almería/Una juez de Almería ha impuesto penas de hasta tres años y cuatro meses de prisión a dos hombres acusados por cultivar casi 1.300 plantas de marihuana junto a un colegio.
Según la sentencia, la Guardia Civil tuvo conocimiento a través de varias personas anónimas de la existencia de una posible plantación próxima a un colegio de Vícar.
En paralelo, el cuerpo recibió el 23 de mayo de 2018 un escrito de la directora de este centro que comunicaba la existencia de un fuerte olor a marihuana en el patio y las inmediaciones del colegio.
La investigación permitió determinar que al menos en los sótanos de tres viviendas próximas era dónde tendría lugar esta actividad, por lo que el 8 de noviembre se practicaron tres registros simultáneos en estos inmuebles con autorización judicial.
Así, encontraron en un primer sótano una plantación con 595 plantas, en el segundo otras 372 y otras 291 en el salón y el dormitorio del tercer inmueble, además de diferentes máquinas de aire acondicionado, balastros, lámparas, etcétera.
En el segundo inmueble también fueron localizados 30 cogollos y bandejas con 568 esquejes en un dormitorio.
Según el fallo, la marihuana era propiedad de los acusados M.H.H. y M.L., que además habían realizado enganches ilegales a la red eléctrica con los que defraudaron casi 14.000 euros a Endesa.
Sin embargo, no ha quedado acreditado que en esta actividad participasen la acusada C.D. o el procesado F.S.S., por lo que ambos han resultado absueltos.
M.H.H. ha sido condenado por un delito contra la salud pública a tres años y cuatro meses de prisión y al pago de una multa de 100.000 euros, y se le impone una multa de 10 meses, a razón de 6 euros al día, por un delito continuado de defraudación de fluido eléctrico.
A M.L. le ha correspondido una pena de tres años y un día de cárcel y multa de 100.000 euros por el primer delito, y una multa de ocho meses, a razón de 6 euros al día, por el segundo.
Además, ambos deberán indemnizar a Endesa con 13.854,58 euros.
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