Tribunales

Deniegan rebajar una de las penas del profesor británico que tuvo una relación con su alumna

  • La Audiencia Provincial rechaza reducir los dos años y un día de cárcel impuestos por abusar de la prima de la chica que fue su pareja

Fachada de la Audiencia  Provincial  de Almería

Fachada de la Audiencia Provincial de Almería

El profesor británico con varias condenas por abusos sexuales a menores no ha logrado ver rebajada uno de ellas mediante la aplicación retroactiva de la ley del ‘sólo sí es sí’, pese a que recientemente sí se vio beneficiado por la nueva legislación en el caso de la alumna con la que tuvo una relación sentimental en Roquetas de Mar.

El docente, C.T., aspiraba a ver reducida la pena de dos años y un día de cárcel que le fue impuesta tras reconocer que abusó de otra de sus alumnas, la prima de la que era su pareja, pero los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería dicen en un auto, consultado por EFE, que la “horquilla penológica” sería la misma y además se conformó con el “mínimo legal”, por lo que no procede revisarla.

C.T. invitó en julio de 2016 a la víctima y a su prima, la menor con la que tenía una relación, a su domicilio de Roquetas de Mar. Una vez allí les ofreció diversas bebidas alcohólicas y subió con ellas al dormitorio, dónde tumbó a la víctima en la cama y abusó de ella.

El profesor sí tuvo mayor "suerte" con la condena por la relación sentimental que mantuvo con la prima de la chica anterior, ya que la pena fue rebajada de once años y medio a once años y tres meses de cárcel.

En otro auto, los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería señalaron que el delito por el que fue condenado tenía un "marco punitivo" que iba a de 11 a 12 años de prisión, y que se hizo uso del "reproche en su grado medio". "Así, el nuevo código resulta más favorable (...) lo razonable es mantener el criterio, reduciendo la pena a 11 años y 3 meses de prisión", apuntaban.

De forma previa, el Tribunal Supremo (TS) ya había ratificado el fallo original que declaró probado que el acusado fue contratado para impartir clases en el colegio St. Georges British School de Roquetas de Mar a partir de agosto del 2014.

De esta forma, durante el curso 2015/16, "guiado por un ánimo libidinoso y aprovechando la especial situación de ascendencia y superioridad que le brindaba su condición de profesor", inició con la víctima una "relación fingidamente amistosa, dándole un trato preferente".

Así, logró que este vínculo se volviera "poco a poco más personal e íntimo" hasta que sobre el mes de abril de 2016 recibió a la chica en su domicilio, donde insistió a la misma para besarla en la boca, a pesar de la "inicial reticencia" de ella.

"La relación se tornó más intensa aproximadamente a partir del mes de mayo de 2016, manteniendo el acusado con la menor numerosas veces relaciones sexuales", dicen los magistrados, apuntando que esto fue así hasta que el 13 de noviembre de 2016 la madre de la víctima descubrió lo que ocurría y denunció los hechos.

C.T. tiene pendiente otro juicio por presuntamente grabar un vídeo de contenido sexual a dicha menor sin que ésta lo supiera ni autorizase, algo por lo que el fiscal reclama cuatro años de prisión por un delito contra la intimidad; multa, y una orden de alejamiento de 500 metros durante 7 años.

Por otro lado, el profesor también fue condenado a un año de prisión por un delito de coacciones, ya que viajó a Alemania para buscar a la menor con la que tuvo una relación, pese a no poder salir de España y tener prohibido aproximarse a ella.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios