Tribunales

Los Juzgados de Roquetas: ejemplo de desalojos exprés de los ‘okupas’

  • En apenas 30 o 45 días los propietarios pueden recuperar su vivienda, el periodo más bajo de todos los de la provincia

Los Juzgados de Roquetas de Mar.

Los Juzgados de Roquetas de Mar. / D.A. (Almería)

Regresar tras unas vacaciones y encontrarse con extraños dentro del hogar es una de las peores pesadillas para muchas personas. No es la única forma de ‘okupar’ un inmueble, por supuesto. También puede tratarse de una segunda residencia o de un domicilio destinado al alquiler, por ejemplo. Sean cuáles sean las circunstancias, la primera preocupación de las víctimas de una okupación’ es la de recuperar esa casa a la que ya no puede acceder.

Sin embargo, los plazos judiciales no siempre acompañan. El tiempo de espera para desalojar a los okupas en España sigue aumentando, según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El plazo medio actual ha alcanzado los 20,5 meses, incluyendo los procedimientos de los Juzgados de Primera Instancia y las Audiencias Provinciales. Este incremento supone más del doble de tiempo en comparación con hace cuatro años, cuando el promedio se situaba en 4,9 meses en todo el país.

Pero esos datos no son necesariamente iguales para todo el país. De hecho, en el Poniente almeriense los Juzgados de Roquetas de Mar se yerguen cual aldea de irreductibles galos y se tornan en un ejemplo a seguir. Según explica el presidente de la Audiencia Provincial de Almería, Luis Miguel Columna, a este periódico, en la provincia este plazo depende de cada partido judicial, aunque la media puede situarse entre los cuatro y cinco meses. “En la Audiencia Provincial le damos prioridad a los recursos de apelación y, además, al tratarse de delitos leves, no tardan mucho tiempo” en resolverse, apunta el magistrado.

“Pero los Juzgados que funcionan muy bien son los de Roquetas de Mar, y queremos trasladar esa forma de trabajar al resto de partidos judiciales”, abunda Columna. En Roquetas se intenta abordar estos como delitos leves inmediatos. La experiencia aquí dice que en una segunda citación el propietario ya puede estar tomando posesión de su inmueble, lo que se traduce en unos 30 o 45 días, según los datos ofrecidos por el presidente de la Audiencia.

Luis Miguel Columna, presidente de la Audiencia Provincial de Almería. Luis Miguel Columna, presidente de la Audiencia Provincial de Almería.

Luis Miguel Columna, presidente de la Audiencia Provincial de Almería. / Rafael González (Almería)

Con todo, Columna advierte que para que esta dinámica funciones es vital contar con el apoyo y la implicación de las policías locales, a efectos de citaciones, notificaciones, etc. En Roquetas el modelo funciona y por ello en septiembre el presidente de la Audiencia tratará de que sea replicado en todos los órganos judiciales de Almería, para que a partir incluso del 1 de octubre puedan comenzar a volar y a despachar con total celeridad este tipo de asuntos.

Arantxa Goenaga, abogada y socia del despacho Círculo Legal Barcelona, apunta al “mal funcionamiento” de la Administración de Justicia, tanto por la falta de medios como por las diferentes huelgas convocadas, como el principal responsable de este problema en el conjunto de España. “A este contexto hay que sumar la nueva Ley por el Derecho a la Vivienda, que exige todavía más requisitos para interponer un procedimiento judicial de estas características a los propietarios, que cada vez más optan por la venta frente al alquiler”, detalla.

Estas cifras representan los valores más altos registrados en la serie histórica del CGPJ y elevan el plazo medio total en más de dos meses en comparación con el año anterior. Considerando los promedios autonómicos de las Audiencias Provinciales, cuatro de estas regiones se sitúan por encima de la media nacional, con periodos de espera superiores. Estas regiones son Andalucía (22,5 meses), Baleares (23,2 meses), Canarias (23,5 meses) y Castilla y León (31,5 meses).

En este contexto, la abogada pronostica un aumento todavía mayor de los tiempos de espera y recuerda la necesidad de dotar a la Administración de Justicia de los medios -materiales y humanos- necesarios para asumir la carga de trabajo y acabar con la saturación actual.

“También deben establecerse medidas policiales, como en nuestro entorno europeo, para que no sea necesario llegar a estos procedimientos, sino que se puedan realizar desalojos inmediatos en aquellas situaciones que son claras”, comenta la experta, y añade, “en definitiva, modificar la tendencia legislativa para que los propietarios puedan defender sus derechos correctamente y no tengan que suplir al Estado en su función de dar una vivienda a todos los ciudadanos”.

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