Almería

Níjar fija la indemnización en 59.000 euros, los propietarios en 12 millones

  • El Ayuntamiento entiende que sólo debe compensar la redacción del plan parcial Los afectados suman a los gastos de tramitación, del daño moral y lucro cesante del terreno

De 58.833,75 euros a más de 12 millones. Ayuntamiento de Níjar y propietarios sel sector SAU FA-1 de Níjar, de 15,1 hectáreas en La Fabriquilla, han cuantificado de manera muy dispar, por no decir antagónica, la indemnización que se debe fijar por el perjuicio real y efectivo por no poder desarrollar urbanísticamente una parcela en un rincón único e incomparable de la costa almeriense. La última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a través de un incidente de imposibilidad de ejecución del fallo del Tribunal Supremo que hace dos décadas declaró el suelo urbanizable, les instaba a formular alegaciones en un plazo de quince días sobre la indemnización sustitutoria con la que compensar a la veintena de propietarios de La Fabriquilla. Los documentos ya han llegado a la sede granadina del Alto Tribunal Andaluz y las argumentaciones jurídicas están a años luz. Desde el Ayuntamiento entienden que sólo habría que abonarles 58.833 euros por los gastos derivados de la redacción del Plan Parcial que se acabó tumbando en junio de 2008 de acuerdo con el baremo del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos. Cero son los euros que aplican relativos a las tasas e impuestos, porque la corporación no los aplicó cuando se comenzó a implementar este desarrollo urbanístico de más de 150 viviendas y un hotel hace casi 35 años. Sin embargo, el servicio jurídico del consistorio nijareño no incorpora ni un céntimo a los daños y perjuicios al considerar que las licencias para urbanizar y edificar fueron anuladas por la justicia y nada tiene que ver con la actuación municipal. De hecho, en su recurso citan a la Comisión Provincial de Urbanismo del 4 de enero de 1984 como responsable de la paralización inicial del Plan Parcial.

Un escenario completamente opuesto al que concibe el abogado de la veintena de copropietarios al entender que la indemnización que se deriva de la declaración de imposibilidad de ejecutar el fallo judicial firme, a causa de un acto legislativo posterior, debe incluir la compensación de la fustración, causada de formada deliberada y consciente, por parte de la administración y no sólo quedarse en el valor de los terrenos. Es decir, en su escrito al TSJA enumeran como primer bloque todos los perjuicios de gastos que se les ha ocasionado a los promotores y dueños de los 151.100 metros cuadrados, un segundo con el quebranto de que el pronunciamiento de la justicia no encuentre una realización efectiva, lo que sería el daño moral, y un tercer apartado que viene dado por el lucro cesante de la inejecución de la sentencia en la esfera patrimonial del interesado. En total, más de doce millones de euros que se dividirían de manera proporcional a la propiedad de los terrenos, contemplando su valor actual y también la compensación por lo que habrían conseguido de ese suelo con la operación reparcelatoria y, en definitiva, analizando el aprovechamiento medio del área de reparto del sector. Se ha presentado un informe con la tasación pericial de Trasvalor, una empresa con homologación del Banco de España, que fija el valor de los terrenos con anterioridad a la calificación de no urbanizable del decreto de 2008 en un total de 9,6 millones de euros. A partir de ahí habría gastos para los servicios jurídicos de más de medio millón de euros, después de tres décadas pleiteando, y en más de 256.000 los de los técnicos y arquitectos que redactaron los planes parciales y visados del sector de La Fabriquilla. El sufrimiento y ansiedad para los propietarios de las "peripecias públicas" del no acatamiento de las resoluciones judiciales por parte de la administración, así como otros ataques de colectivos ecologistas que lo relacionaron con el hotel del Algarrobico, sumaría un 10% más a lo que contemple el daño material.

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