Parejas de hecho, mejor con papeles
El notario José Díaz Cadórniga repasa algunas de las premisas necesarias para que los protagonistas entiendan lo importante de una unión regulada · La provincia ocupa el sexto lugar en registro de parejas
La provincia de Almería ocupa el sexto lugar de Andalucía en número de parejas de hecho registradas, según los últimos datos facilitados por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía. Así, desde la entrada en vigor de la Ley de 16 de diciembre de 2002 y hasta el mes de diciembre del pasado año 2011, cuatrocientas sesenta parejas almerienses han decidido acreditar su convivencia de hecho, de las que 181 se registraron directamente en la Delegación Provincial de Igualdad, en tanto que 279 parejas optaron por hacerlo en sus respectivos Ayuntamientos.
De las mismas fuentes se desprende que el número de inscripciones de parejas de hecho realizadas por parejas homosexuales, 7 lo hicieron directamente en la Delegación y 9 en los Ayuntamientos. Otro dato que contribuye a definir el perfil de parejas de hecho que prefieren reflejar por escrito su modo de convivencia, es el de la nacionalidad: 321 parejas españolas; 39 extranjeras y 100 mixtas.
En España, especialmente entre parejas andaluzas, está muy arraigada la práctica de convivir en pareja sin plasmarlo en ningún documento; es aquello tan oído de 'entre nosotros no hacen falta papeles'. Y sí, no es obligatorio claro está, pero sí son convenientes 'los papeles'. Jorge Díaz Cadórniga, notario en Vera, cuenta como anécdota "que recién llegado yo a Almería se formalizó ante mí una pareja de hecho que empleó el cauce notarial del reconocimiento expreso, en este caso para obtener determinados beneficios que se le concedían a un Guardia Civil, creo que se trataba de la posibilidad de acceder a un cambio de destino". Cauce notarial, es decir, una vía más para inscribirse en el Registro de parejas de hecho además de Ayuntamientos y Delegación Provincial de Igualdad y Bienestar Social.
La Ley establece que se puede formalizar una pareja de hecho bien por comparecencia ante el encargado del Registro de Parejas de Hecho, bien ante alcalde, concejal o funcionario en quien delegue, y también mediante escritura pública, lo que, "desde mi posición, que evidentemente no es del todo objetiva", señala Díaz Cadórniga, "puede considerarse como una muestra de la posibilidad de contraer matrimonio ante notario, como recientemente ha considerado conveniente el Ministro de Justicia". Si inscribir una pareja de hecho en el Registro conlleva sus ventajas y beneficios como veremos más adelante, disponer de una buena información y asesoramiento es imprescindible para establecer qué términos tutelarán la convivencia de la pareja, ya sea hetero u homosexual.
A diferencia del matrimonio, la Ley permite absoluta libertad de pactos, pero eso sí, prohíbe las que sean contrarias a los derechos fundamentales o libertades de los miembros y, en todo caso, prevalece el respeto a los derechos de los menores. La Ley regula expresamente la posibilidad de iniciar el acogimiento ante la Administración y excluye como causa que lo impida el que sea homosexual.
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