Tribunales

Rebajan un año de cárcel a dos acusados de colaborar en una célula que llegó en patera a Almería

Foto de archivo de la Audiencia Nacional.

Foto de archivo de la Audiencia Nacional. / Kiko Huesca / Efe

La Audiencia Nacional ha rebajado a 6 y 5 años de cárcel la condena a dos acusados de colaborar con una célula yihadista que pretendía establecerse en España tras llegar en una patera a Almería en abril de 2020, unos hechos por los que también se sentó en el banquillo el fallecido exrapero británico Abdelmajed Abdel Bary.

El tribunal que juzgó a los tres declaró extinguida la responsabilidad penal de este último, de origen egipcio, a quien la Audiencia Nacional consideró miembro del Dáesh desde 2014 y que murió en prisión unos días después de la celebración del juicio, en julio del año pasado.

La Sala sí condenó a los otros dos acusados -Abderrezak Seddiki y Kossalia Chollouah- a siete y seis años de prisión, respectivamente, por integración en organización terrorista y en el caso del primero también por falsedad en documento oficial.

Al revisar los recursos interpuestos contra la sentencia, la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional ha rebajado un año sendas condenas al cambiar dicho delito por el de colaboración dado que su conducta, sostienen los jueces, no tuvo la suficiente intensidad como para condenar por integración.

Pero sí defienden los magistrados que hay prueba suficiente para sostener una condena por colaboración, según la doctrina del Tribunal Supremo.

Su "aporte" a la organización, indica la sentencia, consistió en reunirse en Argelia con Abdel Bary y ayudarle a entrar en territorio Schengen; ponerle en contacto con otros miembros de la organización terrorista y financiar el traslado, manutención y estancia en San José y después en Almería, con fuertes medidas de seguridad.

Propiciar esa presencia en territorio Schengen "de alguien como Abdel Bary que durante 7 años continuadamente" ha seguido y expandido "los postulados ideológicos supremacistas, intolerantes, excluyentes, radicales y antioccidentales" del Dáesh supone, dice la Sala, "ayudar a integrar -con suficiente financiación rápida- (...) a alguien apto para realizar cualquiera de los delitos terroristas".

Desde captar y reclutar nuevos adeptos -continúa la resolución- hasta "cometer un atentado", que "coadyuva a uno de los fines expansionistas del terror que pretende entre sus objetivos" el Dáesh "mediante la infiltración en Occidente de los llamados retornados".

La sentencia destaca el perfil del fallecido Abdel Bary, que participó "activamente" en la violencia, y resalta la "capacitación militar en las últimas técnicas de guerra" que tenía, así como su "contrastada militancia activa, reclutando incluso ciudadanas de origen español para incorporarlas a las filas de tal estructura terrorista".

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