Ruina en primera línea de playa

Solo una de cada seis parcelas catastrales cumple con la ordenanza de evaluación de edificios

Inmuebles del Paseo Marítimo muestran una imagen lamentable debido a la falta de mantenimiento de sus propietarios

Imagen que presenta el edificio situado en la calle Cruz de Robles, junto al Paseo Marítimo de la capital, con desprendimientos en la fachada.
Imagen que presenta el edificio situado en la calle Cruz de Robles, junto al Paseo Marítimo de la capital, con desprendimientos en la fachada. / Fotografías: Javier Alonso
Rafael Espino

21 de febrero 2017 - 02:34

Existe una ordenanza que regula el estado de mantenimiento de los edificios de la capital. Según esta, más de seis mil parcelas catastrales deben pasar un Informe de Evaluación de Edificios (los construidos entre los años 1944 y 1963). De estos, ya se han registrado un millar de expedientes -han cumplido con su obligación-. Cada Informe de evaluación de edificios debe expresar el resultado de la inspección, valorando de manera inequívoca si es favorable o desfavorable. Entonces, habrá que cumplir con el trámite y efectuar las obras, proceso para el que hay abiertas algunas vías de financiación en forma de subvenciones a través de las administraciones.

El plazo que marcó el Ayuntamiento para que los propietarios revisaran sus inmuebles se encuentra en su mitad y abarca desde 2016 hasta el próximo 2018. El mantenimiento de los edificios, como es lógico, corresponde a los propietarios (a las comunidades de vecinos), así que la cantidad de expedientes registradas pone en evidencia el cuidado que muchos de los propietarios tiene sobre sus inmuebles. Es por ello que el Ayuntamiento, posiblemente, se plantee realizar una nueva campaña de cara a la población, porque, aunque no está multando a los propietarios inmuebles a los que se les requiere un informe, existe una Ley (Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre) que obliga a los propietarios de inmuebles a la revisión de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan una antigüedad superior a los 50 años. Y son los municipios, por lo tanto, quienes deben hacer cumplir esta normativa.

El Ayuntamiento ya ha dictado orden de ejecución sobre uno de estos inmuebles

Es el caso del edificio de la comunidad de vecinos de El Patio de Pescadería, que recientemente fue apuntalado por el Ayuntamiento de la capital debido a un derrumbe en una zona común. Por antigüedad, el bloque de viviendas debería hacer frente al Informe de Evaluación de Edificios este mismo año, pero claro, para que eso sea posible, debe haber acuerdo entre sus vecinos y hay muchos casos en los que este objetivo plantea complicados y la situación de El Patio cumple con esas circunstancias.

Aun así, no existe una regla general por la que un edificio de determinada edad comience a padecer defectos. En el Paseo Marítimo de la capital almeriense existen varios edificios que están sufriendo daños principalmente en su fachada. Y es que están frente al mar y sufren todas y cada una de las inclemencias meteorológicas que ello supone y las principales se dejan ver en su aspecto. Es el caso del bloque de viviendas situado en la calle Cruz de Robles número 2 o en el edificio Playmar, donde se produjo recientemente una caída de cascotes de su cornisa y su base se encuentra precintada por precaución. Sin duda, presentan una imagen poco favorable para un lugar que debería ser referente en cuanto a estética, ya que el Paseo Marítimo es punto de atracción de turismo para la capital.

El edificio de la calle Cruz de Robles 2 tiene desde el año 2011 un expediente municipal abierto con una resolución de orden de ejecución. La resolución concluía, después de la inspección que se hizo, que se adoptaran medidas precautorias de acuerdo al estado que presentaba. La inspección ponía de manifiesto la falta de mantenimiento de la fachada y caída de cascotes del revestimiento de la misma. A los propietarios se les dio un plazo de ejecución de tres meses y la ejecución subsidiaria equivalía a los 2.500 euros. Se establecieron, por tanto, unas medidas precautorias.

En el siguiente punto del proceso, desde el Ayuntamiento se ordenó la ejecución de obras contenidas en el informe técnico, que básicamente eran reparación de elementos estructurales de hormigón, fisuras y revestimientos. Las obras venían a solucionar los problemas de mantenimiento que tenía el edificio.

En la actualidad, puesto que no ha habido respuesta alguna por parte de los propietarios, el Ayuntamiento está pendiente de que se incoe el expediente de ejecución subsidiaria.

Pero no solo los edificios en condiciones desfavorables están en la disposición de realizar un informe para subsanar sus defectos y arreglarlos mediante subvenciones, también están obligados a realizar el IEE los propietarios de cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, cuando pretendan solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, y siempre con anterioridad a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda.

La certificación de la eficiencia energética del edificio debe servir como Certificado de eficiencia energética para cada una de las viviendas que integran el edificio, en caso de venta o alquiler. Además, podrá servir para el establecimiento de medidas de mejora de la eficiencia energética, pero no podrá tener ningún efecto sobre el resultado del IEE.

El cumplimiento en tiempo y forma de la obligación de presentar el IEE faculta a los obligados a solicitar las ayudas para la conservación y/o rehabilitación que la Gerencia de urbanismo de Almería haya podido establecer. Además, una vez presentada la documentación acreditativa de la realización del IEE, los propietarios podrán solicitar del Ayuntamiento de Almería la emisión de una placa distintiva, con indicación del número de expediente municipal correspondiente al trámite en cuestión.

stats