Almería

Suben a 17 las rebajas de penas por la ley del 'sólo sí es sí', con una excarcelación en Almería

  • Los magistrados de la Audiencia Provincial han revisado hasta el momento un total de 70 procedimientos

El presidente de la Audiencia Provincial, Luis Miguel Columna, informa a los medios sobre los acuerdos del plenillo.

El presidente de la Audiencia Provincial, Luis Miguel Columna, informa a los medios sobre los acuerdos del plenillo. / M.M. (Almería)

La denominada ley del 'sólo sí es sí' continúa sumando rebajas de penas tras las revisiones que llevan a cabo los magistrados de las dos secciones penales de la Audiencia Provincial de Almería. En concreto, de acuerdo a los datos facilitados por el presidente de la Audiencia Provincial, Luis Miguel Columna, ya son 17 las causas en las que los condenados por delitos sexuales han visto reducida la pena impuesta inicialmente.

Columna ha precisado que en estos momentos son 70 los procedimientos revisados por los magistrados. Asimismo, ha apuntado que gracias a estas rebajas se ha producido la excarcelación de un penado. No han trascendido los datos concretos de este caso, pero sí que se trata de una violación que fue castigada con seis años de cárcel, pena que ahora se ha fijado en cuatro años de prisión.

Precisamente, el pasado mes de noviembre Columna anunció que se revisarían de oficio unas 70 causas por la reforma de la ley 10/22, la conocida como "ley del sólo sí es sí", así como que habría un pronunciamiento tras escuchar a todas las partes, incluida a la víctima, haya estado personada o no como acusación particular en el procedimiento.

Columna indicó esto tras el plenillo celebrado por ocho magistrados de las secciones Segunda y Tercera, las que llevan los asuntos penales, que por unanimidad acordaron revisar sólo las sentencias firmes de los procesos en que el penado esté cumpliendo efectivamente la pena o esté pendiente de cumplirla.

Esto se ha estado haciendo de oficio,” aplicando en estos casos la disposición que sea más favorable al reo”.

Se han incluido en la revisión aquellos casos en que la pena impuesta en sentencia firme se encuentre dentro de los límites legales de la nueva ley, al considerar los hechos probados en la norma reformada, que la pena procedente sea más favorable que la pena impuesta.

Columna explicaba que, en ningún caso, se haría una nueva individualización judicial de la pena. “La única pauta a tener en cuenta será el juicio abstracto de proporcionalidad de la nueva norma”, dijo.

No se revisarían las sentencias en que el cumplimiento de la pena esté suspendido, “sin perjuicio de hacerlo en caso de que se revoque la suspensión y antes de proceder al cumplimiento efectivo de la pena cuya suspensión ha sido revocada”. Tampoco se revisarían las sentencias en que la pena esté ejecutada, aunque se encuentren pendientes de ejecutar otros pronunciamientos del fallo.

“En el procedimiento de revisión se oirá a todas las partes, incluida a la víctima, aunque no estuviere personada”, dijo Columna, quien añadió que contra las resoluciones que resuelvan la revisión de las sentencias condenatorias firmes podrán interponerse los mismos recursos que, “en su caso, cabrían contra la sentencia condenatoria”.

Explicó que se había acordado que la aplicación de la disposición transitoria quinta del Código Penal “no es aplicable a este caso como mantenía la Fiscalía sino que se deben revisar todas aquellas causas aunque la pena que esté impuesta se vuelva a imponer con la nueva reforma de la ley 10/22”.

“Caso por caso tenemos que ir resolviendo y esperando por si el Tribunal Supremo (TS) adopta ya algún criterio que nos pueda orientar un poco más”, añadió.

Apuntó que eran 70 las causas, aproximadamente la mitad de ellas en cada sección, así como que en 17 de ellas ya se había pedido en ese momento una revisión por parte de los abogados de los condenados por delitos que van de los abusos sexuales, a la agresión sexual, “hasta delitos de violación”.

“En ese procedimiento oiremos al fiscal, a la defensa de la persona condenada y a las víctimas porque así lo establece el estatuto de la víctima, aunque no estén personadas en el procedimiento”, abundó.

Al ser interpelado sobre si el Gobierno debería cambiar la ley, respondió: “Si es una pregunta política que contesten los políticos. Nosotros nos limitamos a aplicar el principio de legalidad nos guste o no nos guste la ley”, Y al ser preguntado sobre las acusaciones de machismo entre los jueces, manifestó: “Estábamos cuatro mujeres y cuatro hombres -en el plenillo-. Los jueces creo que sabemos de derecho, y también sabemos de matemáticas”.

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