Almería

El Supremo devuelve a los regantes los pozos

  • Una sentencia respeta el contrato de compra-venta entre Banesto y el empresario Juan Cantón

El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto que se respete el contrato de compra-venta firmado en 1994 entre la entidad financiera Banesto y el empresario ejidense Juan Cantón que excluía de la operación la red de tuberías y los pozos "necesarios" para la constitución de una comunidad de regantes en El Ejido.

Así lo reveló el presidente de la comunidad, José Antonio Fernández, quien explicó que el fallo del Alto Tribunal, fechado el pasado día 2 de este mes, precisa que la sentencia del Tibrunal Supremo de diciembre de 2006 que obligaba a devolver los pozos a Cantón no incluye los que se habían dejado fuera del acuerdo que el empresario firmó el 8 de enero de 1994 y ordena que se excluyan "si por error se hallan en el fallo".

El Alto Tribunal procedió así a estimar el escrito presentado hace un mes por Tierras de Almería, en el que argumentaba que no podía salir perjudicado del proceso emprendido por Cantón contra Banesto, en el que los agricultores no eran parte, y determinó dejar sin efecto la providencia que ordenaba la entrega de los pozos al empresario el próximo 17 de abril.

En 1991 Juan Cantón compró a Banesto los terrenos y los derechos de riego y en 1994 un segundo contrato entre ambos excluyó de la operación de compra-venta los pozos y las tuberías necesarias para crear una comunidad de regantes, lo que, según Tierras de Almería, suponía la renuncia del empresario a los pozos.

En 1995 la entidad financiera vendió a los comuneros 18 de los 28 pozos de las fincas y las infraestructuras necesarias para que se gestionaran su propia tierra, con la obligación de crear una comunidad de regantes para la explotación y gestión del agua.

Sin embargo Cantón, al saber que Banesto estaba comercializando los pozos de los terrenos, demandó a la entidad bancaria y reclamó que eran suyos, lo que derivó en un proceso judicial que concluyó con la sentencia del Tribunal Supremo de finales de 2006 que otorgaba a este último la propiedad.

En octubre pasado, Tierras de Almería pidió no obstante la nulidad de la sentencia en base a que el escrito contemplaba en los fundamentos de derecho que los agricultores tienen que gestionar los pozos, pero no lo recogía sin embargo en el fallo, mientras que Cantón incidió en que la sentencia era firme y pidió su ejecución.

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