Almería sancionará con 500 euros a los menores de 16 años que conduzcan un patinete eléctrico
El Ayuntamiento aprueba de forma inicial la Ordenanza de Movilidad que regula los VMP, contempla una placa municipal y estas multas
Con la abstención de los grupos de la oposición en bloque, el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Almería ha sacado adelante la aprobación inicial de la nueva Ordenanza General de Movilidad que, además de unificar normativas existentes, regula por primera vez el uso de los patinetes eléctricos y el resto de vehículos de movilidad personal (VMP).
Siguiendo las directrices marcadas por la Dirección General de Tráfico, los menores de 16 años, salvo que disponga del permiso de clase AM en el que la edad mínima será de 15, no pueden circular en estos patinetes so pena de una multa de 500 euros al considerarse una infracción muy grave. El nuevo texto municipal contempla un amplio régimen sancionador en aras de garantizar la seguridad vial y la convivencia urbana entre los distintos usuarios.
Así, entre otros preceptos, sobre los VMP solo podrá circular una persona –en caso de llevar pasajero la multa es de 100 euros y si son dos, o más, la cuantía se eleva a 200–, la cual debe llevar consigo el certificado para su circulación y una placa “municipal”, pendiente de definición, si no quiere arriesgarse a recibir sanción de 500 y 200 euros, respectivamente. Tampoco podrán trasladar a animales, así como objetos que puedan dificultar la circulación. En el caso de que al conductor se le caiga la carga a la vía, la infracción pasa de los 200 a los 500 euros.
Todos los vehículos de movilidad personal han de contar con sistemas de frenada, timbre, luces delanteras y traseras, y elementos reflectantes y/o catadióptricos. Deberán llevar las luces encendidas a cualquier hora del día para facilitar su visibilidad. El conductor deberá utilizar casco de protección homologado o certificado, quedando prohibido los equipos de música o altavoces encendidos, el uso de los teléfonos móviles o auriculares, infracciones estas últimas a las que les corresponderán multas por una cuantía de 200 euros.
Bajarse en los pasos de peatones
La normativa establece la misma penalización para aquellos usuarios que no se bajen del patinete a la hora de cruzar un paso de peatones o que circulen por las aceras, autopistas, autovías o túneles situados en el casco urbano. Conducir un VMP bajo los efectos del alcohol y otras sustancias tóxicas acarrea una sanción que puede oscilar entre los 500 y los 1.000 euros.
La multa es de 500 euros si se conduce de forma temeraria y de 200, en el caso de superar las velocidades máximas permitidas o se realizan maniobras bruscas. Si la Policía estima que se está conduciendo de una forma negligente apuntará en el boletín multa también de 200 euros, la misma cantidad contemplada por el estacionamiento en lugares no indicados siempre que existan en la zona lugares habilitados para los vehículos de movilidad personal.
Aún queda tramitación administrativa por delante para la entrada en vigor de esta ordenanza, que ahora se somete a un periodo de exposición pública de 30 días que será aprovechado por los grupos de la oposición para la presentación de enmiendas y alegaciones, según han anunciado durante un debate plenario desprovisto en este punto de profundidad analítica.
También te puede interesar
Lo último