La Audiencia confirma que no hubo amenazas: “Dos versiones absolutamente contradictorias”
Ratifica la absolución de un hombre acusado por su pareja tras una denuncia sin pruebas concluyentes
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La Audiencia Provincial de Almería ha confirmado la absolución de un hombre acusado de amenazar a su pareja sentimental, al considerar que el caso se basaba únicamente en “dos versiones absolutamente contradictorias sobre lo acontecido” y sin pruebas de cargo claras ni persistentes que permitieran una condena penal.
Los hechos se remontan al 15 de mayo de 2024, cuando la denunciante interpuso una queja ante la Guardia Civil, asegurando haber recibido amenazas por parte de su pareja. Sin embargo, el Juzgado de lo Penal número 4 de Almería determinó en octubre que “no han quedado acreditados los hechos recogidos en el atestado”, absolviendo al acusado y declarando las costas de oficio.
La acusación particular recurrió la sentencia, pero la Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha rechazado el recurso. El tribunal, con ponencia del magistrado Ignacio F. Angulo González de Lara, subraya que no puede revisarse una valoración probatoria efectuada con inmediación —esto es, tras oír directamente a las partes— salvo que exista un error manifiesto o irracional, lo que no ocurrió en este caso.
El fallo recuerda la doctrina del Tribunal Constitucional, según la cual “el tribunal de apelación no puede considerar desvirtuada la presunción de inocencia del acusado inicialmente absuelto” si no ha presenciado personalmente las pruebas. La magistrada de primera instancia, añade, razonó de forma lógica al concluir que “el material probatorio del que disponemos es del todo insuficiente para poder afirmar sin género alguno de duda que efectivamente se hayan producido los hechos”.
La Audiencia de Almería desestima así la apelación y confirma íntegramente la sentencia absolutoria, con costas de oficio.
Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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