Un cambio urbanístico legaliza las obras del soterramiento en Almería
AVE
Cambios de actualización del Plan Ferroviario, que sirven también para repartir quién se hace responsable de qué cuando la intervención haya acabado
El tráfico afectado por el soterramiento pasa la primera prueba de fuego en Almería
Mientras que los conductores hacen uso de la paciencia por las obras del soterramiento, el Ayuntamiento de Almería aborda un cambio de ordenanzas urbanísticas con el que el proyecto de integración de las vías del tren a su paso por la ciudad se reviste de legalidad incuestionable. Y, ya de paso, Adif y el Consistorio se reparten las competencias en cuanto a la responsabilidad de mantenimiento del resultado de la urbanización. Dicho de manera sencilla: yo me ocupo de la superficie y tú, del subsuelo.
La modificación, en periodo de exposición pública, toca el Plan Especial del Sistema General Ferroviario, aprobado definitivamente por acuerdo plenario del Ayuntamiento en el año 2012. En concreto, se cambian las ordenanzas reguladoras es el de adaptar el texto original a la vigente Ley 38/2015 del Sector Ferroviario, a la par que se aclara el régimen aplicable dada la superposición vertical de dominios públicos viarios y ferroviarios, tal y como ocurrirá tras la finalización de las obras de integración del ferrocarril en la ciudad de Almería.
En la redacción actual del art.18 de las Ordenanzas Reguladoras por la derogación Ley 39/2003, el régimen aplicable a la superposición de dominios públicos se remite a un futuro complejo inmobiliario, que no queda totalmente perfilado. Con la nueva redacción, este aspecto se aclara, delimitando de manera precisa que la titularidad de ADIF se extenderá hasta la cara inferior de la lámina de impermeabilización de las instalaciones subterráneas, mientras que el Ayuntamiento será titular de la rasante y el vuelo sobre las losas, incluyendo su mantenimiento.
La justificación que motiva esta modificación es doble. Por una parte –se explica en la misma–, adaptar la literalidad del Plan Especial, que se encuentra en plena fase de ejecución, a la legalidad vigente y, por otro lado, aclarar la gestión de los dominios públicos superpuestos verticalmente que resultarán de la operación de integración del ferrocarril, que incluye el soterramiento de muchas instalaciones ferroviarias que han de quedar bajo espacios públicos, como es el caso del canal soterrado desde El Puche hasta la avenida del Mediterráneo.
Tras la revisión de las ordenanzas reguladoras, se precisa, entre otros aspectos, que para la obtención de la oportuna licencia de obras, los proyectos de edificación comprendidos en una franja de 70 metros contados desde el trasdós del muro de contención del terreno (su cara exterior), o bien desde la arista exterior de la plataforma del ferrocarril en su caso, deberán incluir un estudio de impacto acústico y de vibración producida por este y las correspondientes medidas correctoras adoptadas por dichos proyectos al objeto de asegurar que el impacto acústico y las vibraciones están dentro de los niveles permitidos por la normativa específica.
También te puede interesar