Sin carné de conducir por provocar un choque frontal en Sorbas con 1,3 gramos de alcohol en sangre

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería le impone 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad y un año y un día de retirada del permiso

Condenado por desactivar durante días el dispositivo de control que debía garantizar la protección de su expareja

Etilómetro evidencial.
Etilómetro evidencial. / D.A

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a un conductor que provocó un accidente frontal en Sorbas tras perder el control de su vehículo debido a una intoxicación etílica. La sentencia, dictada tras un acuerdo de conformidad entre las partes, impone al acusado una pena de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, además de la retirada del carné de conducir durante un año y un día.

Los hechos ocurrieron sobre las 20:30 horas del 23 de julio de 2020 en la carretera N-340a, a la altura del punto kilométrico 508,500, dentro del término municipal de Sorbas. El conductor, que circulaba a los mandos de un Renault Clio, invadió el carril contrario como consecuencia del deterioro de sus capacidades derivado del consumo de alcohol. La invasión de carril acabó en un impacto frontal con otro turismo, un Volvo V-60, en el que viajaban dos personas, el conductor y su acompañante, quienes han optado por reservarse el ejercicio de acciones civiles por las lesiones y daños sufridos.

Según recoge la sentencia, los agentes de la Guardia Civil que acudieron al lugar del siniestro no pudieron realizar una prueba de alcoholemia al acusado debido al grave estado de salud en el que quedó tras la colisión. Ante esta circunstancia, se solicitó de oficio una autorización judicial al Juzgado de Instrucción número 2 de Almería para analizar una muestra de sangre que le había sido extraída con fines terapéuticos. El auto fue concedido al día siguiente, 24 de julio de 2020, y permitió constatar una tasa de alcoholemia de 1,30 gramos por litro en sangre, muy por encima del límite legal.

El fallo, que es firme e irrecurrible al haberse dictado en el marco del procedimiento de conformidad, considera al acusado autor de un delito contra la seguridad vial tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal. Además de los trabajos en beneficio de la comunidad y la privación del derecho a conducir, deberá asumir las costas procesales.

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