Tribunales

La condena derivada de un mensaje de WhatsApp que acabó como el rosario de la aurora

  • A uno de los implicados le ha sido impuesta una pena de prisión que ha sido sustituida por una multa

Imagen de archivo de la Ciudad de la Justicia de Almería.

Imagen de archivo de la Ciudad de la Justicia de Almería.

Una juez de Almería ha condenado a un hombre por agredir a otro varón en plena vía pública, según se desprende de las declaraciones de ambos por un mensaje enviado a un grupo de WhatsApp que provocó que todo acabase como el rosario de la aurora.

La sentencia declara probado que sobre sobre las 17:00 horas del 17 de marzo de 2015 el acusado A.C.L. abordó en compañía de otra persona, no identificada, al perjudicado en una calle de Adra.

Por "motivos que no han sido aclarados", el acusado y la otra persona le golpearon en la cabeza y en el tórax, provocando la fractura de los huesos de la nariz del agredido.

La víctima también sufrió un hematoma y una pequeña herida en la ceja izquierda, una erosión y eritema en el ángulo externo del ojo derecho, dos hematomas grandes en el cuero cabelludo, y varias contusiones en el tórax y la región dorsal.

El perjudicado precisó de asistencia médica y tardó 21 días en curar, todos ellos incapacitado para realizar sus tareas habituales.

Sin embargo, no ha resultado acreditado que en la agresión participase una segunda acusada, pareja del procesado.

Según el fallo, ese mismo día A.C.L. y su novia interpusieron sendas denuncias en las dependencias de la Guardia Civil de Adra frente al perjudicado, por las lesiones sufridas por ambos.

La sentencia además subraya que la tramitación del procedimiento ha sufrido una "dilación extraordinaria e indebida no atribuible a los propios acusados", así como que ha estado paralizada sin "practicar ninguna actuación judicial" durante más de un año desde que concluyó la instrucción el 10 de junio de 2020.

En su denuncia, A.C.L. aseguró que había acudido al domicilio de su novia, la coacusada, cuando la víctima se le acercó y le reprochó una broma que había realizado por WhatsApp.

Aseveró que el perjudicado fue el que lo empujó, a pesar de tener movilidad reducida, y que sólo intentó defenderse, a lo que añadió que su novia apareció al poco y fue agredida al intentar parar al otro hombre que, según él, estaba "tan agresivo" que se "autolesionaba" dándole cabezazos.

La novia de A.C.L. corroboró esta versión.

Por su parte, el perjudicado ratificó la denuncia en la que había apuntado que iba con un amigo por la calle cuando escuchó un el frenado de un vehículo a su espalda, que tras esto le golpearon fuertemente en la cabeza y que al caer al suelo continuaron agrediéndole los dos acusados y un tercer hombre.

Precisó que su amigo llamó a la Policía Local y que el posible motivo de la agresión fue el haberse quejado después de que A.C.L. crease un grupo de WhatsApp con más de 40 personas en el que se reían de él.

Esto fue corroborado por el amigo que lo acompañaba ese día y por su padre, al que llamó este último para contarle lo que había pasado para que lo llevase a urgencias.

Aunque la juez no tiene dudas sobre la participación de A.C.L., no sucede lo mismo en el caso de su pareja, pues considera que sólo intentó separarlos.

Y en cuanto al agredido, la Fiscalía le imputó de cara al juicio dos delitos leves de lesiones, pero la juez subraya que nunca declaró como investigado durante la fase de instrucción, lo que ahora impide juzgarlo por este motivo.

Por estos hechos, A.C.L. ha sido condenado a un mes y medio de prisión por un delito de lesiones, aunque esta pena se sustituye por una multa de tres meses, a razón de seis euros al día. También deberá indemnizar al perjudicado con 1.050 euros.

Su novia ha resultado absuelta de un delito de lesiones y el agredido de dos delitos leves de lesiones.

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