Condenado por quitarse el preservativo durante un encuentro con una prostituta en Almería
El hombre, que admitió los hechos, ha sido condenado a dos años de prisión y deberá pagar 5.000 euros de indemnización a la víctima.
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La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a dos años de prisión a un hombre que durante un encuentro sexual con una prostituta retiró el preservativo sin su consentimiento, a pesar de que ella lo había exigido expresamente. El tribunal considera probado que el acusado incurrió en un delito de abuso sexual con engaño, al alterar las condiciones acordadas durante la relación.
Los hechos ocurrieron el 24 de mayo de 2020 en un domicilio de la capital almeriense, donde el procesado se había citado con la víctima tras contactarla por internet. Según la sentencia, ella había accedido a mantener relaciones sexuales únicamente con preservativo, siendo además quien los aportó al encuentro.
Durante el acto, el condenado retiró el preservativo sin avisar, ocultando su acción hasta que la mujer se dio cuenta y pidió auxilio por teléfono. En el juicio, celebrado ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, el acusado reconoció los hechos y mostró su conformidad con la pena propuesta por la Fiscalía.
El tribunal califica lo ocurrido como un abuso sexual con engaño, ya que el procesado alteró la naturaleza del consentimiento prestado por la víctima. Esta figura penal castiga las relaciones obtenidas mediante ocultación o manipulación de las condiciones aceptadas por la otra persona.
Además de la pena de prisión, la sentencia impone una orden de alejamiento de 500 metros respecto a la víctima y la prohibición de comunicarse con ella durante seis años. También establece una medida de libertad vigilada de cinco años tras el cumplimiento de la condena.
El condenado deberá indemnizar a la mujer con 5.000 euros y participar en un programa de educación sexual, destinado a la reeducación y prevención de conductas similares en el futuro.
Pena de prisión suspendida
La pena de prisión quedará suspendida durante dos años, siempre que el acusado no vuelva a delinquir y cumpla con el pago íntegro de la indemnización fijada por el tribunal.
Según el fallo, la suspensión se concede atendiendo a que el acusado carece de antecedentes y ha colaborado con la justicia durante el proceso. La sentencia es firme y no cabe recurso alguno contra ella.
El caso ha sido resuelto por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería, que subraya en su resolución la importancia del consentimiento explícito y mantenido durante todo acto sexual, incluso en contextos de intercambio económico.
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