Operación Poniente

Estos son todos los condenados por la Operación Poniente

  • Quince de los 47 encausados han salido absueltos del macroproceso judicial

  • Tanto el exalcalde Juan Enciso como el exinterventor José Antonio Alemán han sido condenados a 5 años y 3 meses de prisión

Un momento del macrojuicio de la Operación Poniente

Un momento del macrojuicio de la Operación Poniente / Rafael González

La Audiencia de Almería ha condenado a 32 de las 47 personas acusadas en la trama que afectó al Ayuntamiento de El Ejido, en Almería, a través de la empresa mixta Elsur. Entre los condenados se encuentra el que fuera alcalde del municipio, Juan Antonio Enciso Ruiz, el interventor municipal, jefes de importantes áreas municipales, un elevado número de empresarios y familiares y testaferros de los principales inculpados.

La sentencia emitida por la Sección Tercera de la Audiencia considera probado que desde la constitución de la empresa público-privada se fueron sucediendo “hechos favorables a los intereses privados de varios grupos empresariales ajenos al interés público exigido legalmente y que a través de los mismos han contribuido a esquilmar las arcas municipales usando como parapeto la empresa mixta”.

La sociedad mixta se había constituido en noviembre de 1995 con un 30% de participación municipal y el 70% restante de la empresa Abensurasa. De forma indirecta, la sociedad de nueva creación se iba a encargar de la conservación del pavimento, alcantarillado, distribución de agua y su depuración, alumbrado, conservación de parques, jardines y zonas verdes y un largo etcétera.“Sin embargo, mediante subcontrataciones a precios desorbitados, el canon cobrado por Elsur al Ayuntamiento de El Ejido ha resultado ser abusivo en relación con los servicios prestados”. A título de ejemplo, la sentencia constató que, para el periodo 1996-2008, se preveía un canon de 47,9 millones de euros y se elevó hasta superar los 171 millones. A lo largo de varios años de actividad en el municipio, las cantidades malversadas ascendieron a un total de 54.165.775 euros como consecuencia de los sobrecostes y de los trabajos no realizados que una veintena de sociedades fueron facturando a la empresa, lo que provocó un paulatino y considerable aumento del canon que el Ayuntamiento le abonaba anualmente. Ahora, las personas que en diferente medida se aprovecharon de la situación han sido condenadas a la devolución de aquellas cantidades y las empresas a afrontar la responsabilidad civil.

Los magistrados consideran probado que “todas estas actividades ilícitas fueron consentidas” por el ex alcalde, Juan Antonio Enciso Ruiz, y por el interventor municipal, José Antonio Alemán B., siendo ambos además presidente y vocal del Consejo de Administracion de Elsur, respectivamente, “haciendo caso omiso de sus obligaciones de fiscalización y control” de los fondos públicos. “A sabiendas”, subraya la sentencia, “el interventor autorizaba el gasto, una vez contabilizado”, y el alcalde “autorizaba con su firma las resoluciones donde se ordenaban los pagos del canon anual incrementado ficticiamente”.

Las condenas

Por ello, la sentencia impone a Enciso cinco años y tres meses de prisión y otros 13 años de inhabilitación por la comisión de un delito continuado de malversación de caudales públicos de especial gravedad en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil. En cambio le absuelve de los delitos contra la Hacienda Pública, prevaricación, delito societario y cohecho.

Aunque tanto el exalcalde como su esposa constituyeron una sociedad entre ambos por la que llegaron a ingresar un total de 671.000 euros, los magistrados sostienen que “no se ha acreditado que dichos pagos encubrieran donaciones o comisiones ilícitas” en su condición de regidor municipal y tampoco “se ha conseguido prueba suficiente delenriquecimiento personal”.

Por su parte, los magistrados de la Sección Tercera confieren al interventor municipal José Antonio Alemán B. una participación aún más importante en los hechos que posibilitaron la acción delictiva. De hecho, la condena que recibe es superior a la de Enciso pues no sólo se le atribuye la comisión del mismo delito de malversación continuada por la que deberá cumplir 5 años y 3 meses de cárcel, amén de 13 de inhabilitación, sino que también se le achaca un delito de cohecho pasivo por que se le pena con otros dos años y tres meses de cárcel y otros 6 de inhabilitación. Y es que, sostiene la sentencia, “no solo hizo dejación de funciones”, sino que “permitió, a cambio de grandes prebendas económicas, que los hechos enjuiciados tuvieran lugar”. Los magistrados subrayan que “constituyó” directamente o por medio de familiares empresas con las que lucrarse “ilícitamente y así obtener fuertes ingresos que se invierten en crear un importante patrimonio inmobiliario, adquirir vehículos de alta gama, valores mobiliarios y gastos de lujo”. De esta manera, llegó a percibir por diferentes vías cerca de 7,5 millones de euros.

Su esposa, Isabel C. S., también ha resultado condenada por malversación de caudales públicos a una pena de 3 años y 3 meses de prisión y 9 de inhabilitación y a otros 5 meses de prisión y al pago de una multa de 431.000 euros por un delito de blanqueo de capitales.

La sentencia, sin embargo, absuelve al que fuera interventor municipal de los delitos contra la Hacienda Pública, prevaricación, delito societario y cohecho.

El que fuera jefe del Área de Parques, Jardines y Edificios Públicos entre 1996 y 2003 y posteriormente asumió las direcciones de Explotación y Producción de Elsur, José A. R., “aprovechó” esta estratégica posición para “subcontratar servicios que aquella debía prestar al Ayuntamiento” para lo cual se sirvió de empresas contratadas por él, al frente de las cuales situó a su familia más directa, a yernos y a personas de confianza.

La sentencia asegura que la labor llevada a cabo por este acusado y su entorno les supuso ingresar más de 24 millones de euros merced a la sobrefacturación de su grupo empresarial, lo que aumentó el perjuicio patrimonial sufrido por Elsur. Su condena por malversación asciende a 5 años de prisión y 13 de inhabilitación y una multa de 58.000 euros por cohecho. Su mujer, sus tres hijos y sus dos yernos también han sido condenados por malversación a 3 años y 4 meses de prisión y 9 de inhabilitación cada uno.

En lo que respecta a los empresarios, uno de los que ha recibido la condena más alta ha sido Juan Antonio G. M., al que la sentencia atribuye la propiedad o participación en hasta 16 sociedades que le han reportado un importe por sobrefacturación de más de 15,5 millones de euros. Su actividad en esta trama le ha supuesto una condena de 4 años y 9 meses de cárcel y 12 de inhabilitación por la comisión de un delito de malversación y el pago de una multa de 2.290.937 euros por el delito de cohecho.

La contribución de su esposa María Gema de la P. M. y de su hija Yolanda G. de la P. ha tenido como resultado sendas condenas de 3 años y 3 meses de prisión y la inhabilitación por un periodo de 9 años por la comisión de un delito de malversación.

El fallo también ha impuesto las siguientes condenas: 4 años de prisión y 12 de inhabilitación por un delito de malversación a Antonio Ramón B. V., Justo Fernando B. H., Manuel F. H. y Miguel Ángel A. C.; 4 años de prisión y 9 de inhabilitación por malversación a Manuel C. P.; 3 años y 4 meses de prisión y 9 de inhabilitación por malversación para los acusados Francisco J. M. M., Antonio M. H., José María C. C.; 3 años y 3 meses de prisión y 8 de inhabilitación por malversación para Agustín S. R.; 3 años y 2 meses de prisión y 8 años de inhabilitación por malversación para Jaime R. R., Ambrosio C. G. y Jesús A. G., éste último también condenado por cohecho al pago de una multa de 76.850 euros; 3 años de prisión y 7 años y 3 meses de inhabilitación a María Rosario B. O. por malversación; un año y seis meses de prisión y una multa de 900 euros por cohecho José Julián H. V.; al pago de una multa de 3,1 millones de euros a José Carlos L. L. por cohecho; y a Rosalía G. del V. una condena de 5 meses de prisión y el pago de una multa de 626.862 euros por blanqueo.

Contra la sentencia de la Audiencia cabe interponer un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo para lo cual se otorga un plazo extraordinario de 30 días dada la extensión de la resolución.

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